Fin incierto de contrato por obra o servicio
Tengo un contrato por obra o servicio que firmé con fecha de inicio el 22 de junio de 2007 y fecha prevista de finalización el 20 de diciembre de 2008, y que fue prorrogado por un año, con el consiguiente cambio de fecha prevista de finalización al 20 de diciembre de 2009. El contrato fue celebrado para cubrir los servicios a su vez contratados por un organismo público a mi empresa mediante concurso público. Tal concurso cubría el periodo 2007/2008 con posibilidad de una prórroga de un año.
La cuestión es que, aunque que en teoría y según estos documentos el servicio finaliza el próximo 20 de diciembre, creo que mi empresa pretende prolongarlo tácitamente por tiempo indefinido al no notificarse lo contrario y los trabajadores continuar realizando las mismas funciones, o bien supongo que nos entregaría una comunicación de conversión de contrato temporal en indefinido.
Los compañeros que están en mi misma situación van a aceptarlo. Sin embargo, aunque parezca sorprendente por los tiempos que vivimos, por cuestiones tanto de interés profesional como personal, especialmente por mi descontento y ciertas irregularidades difíciles de probar que intuyo que ha habido y sigue habiendo, a mí no me compensa continuar, mi idea es marcharme a otro país de la UE a buscar trabajo. No obstante, para poder mantenerme mientras tanto necesito cobrar el paro durante el tiempo legalmente permitido.
Por ello, y en conclusión, mi pregunta es:
¿Puedo solicitar en diciembre un finiquito por fin de contrato temporal o, si mi empresa considera que el servicio no ha finalizado, debo atenerme a las condiciones de un contrato indefinido, según las cuales me iría voluntariamente y, por tanto, no tendría derecho a ningún tipo de indemnización ni a cobrar paro?
La cuestión es que, aunque que en teoría y según estos documentos el servicio finaliza el próximo 20 de diciembre, creo que mi empresa pretende prolongarlo tácitamente por tiempo indefinido al no notificarse lo contrario y los trabajadores continuar realizando las mismas funciones, o bien supongo que nos entregaría una comunicación de conversión de contrato temporal en indefinido.
Los compañeros que están en mi misma situación van a aceptarlo. Sin embargo, aunque parezca sorprendente por los tiempos que vivimos, por cuestiones tanto de interés profesional como personal, especialmente por mi descontento y ciertas irregularidades difíciles de probar que intuyo que ha habido y sigue habiendo, a mí no me compensa continuar, mi idea es marcharme a otro país de la UE a buscar trabajo. No obstante, para poder mantenerme mientras tanto necesito cobrar el paro durante el tiempo legalmente permitido.
Por ello, y en conclusión, mi pregunta es:
¿Puedo solicitar en diciembre un finiquito por fin de contrato temporal o, si mi empresa considera que el servicio no ha finalizado, debo atenerme a las condiciones de un contrato indefinido, según las cuales me iría voluntariamente y, por tanto, no tendría derecho a ningún tipo de indemnización ni a cobrar paro?
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Respuesta de makena33
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