Extinción de contrato

Me acaban de resolver favorablemente un expediente por incapacidad permanente total y en consecuencia en la empresa me han dado la suspension/excedencia por tal motivo.He estado desde el 6 de mayo de 2008 de baja, lógicamente sin vacaciones en estos 2 años (desde el 1 de enero de 2008 hasta 26 de Octubre de 2009 que termina la relación laboral con la empresa) y mi pregunta es si aparte de la nomina que me han estado pagado normalmente hasta que se ha hecho cargo la S.S. Tengo derecho a algún tipo de finiquito por parte de la empresa.Yo estaba con contrato indefinido desde el año 1990

1 respuesta

Respuesta
1
Solo deben de pagar la parte pendiente de vacaciones pendientes del año en curso(las otras se han perdido) y parte proporcional de pagas extra.
Esta "extinción" es asimilada a la baja voluntaria del trabajador, por lo que no cabe indemnización por finalización de contrato.
Lo que no me queda muy claro es lo de las vacaciones; ya que yo he estado de baja hasta que me han notificado la incapacidad total, o sea todo este año y parte del anterior ¿piensas qué me corresponde algo de vacaciones de este año?. Gracias
La parte proporcional de este año, si

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas