Complementos salariales

Trabajo desde hace seis años en una empresa con unas condiciones específicas firmadas en el contrato. Hace dos años, aprox, se produjo una fusión con otra empresa con el consiguiente cambio directivo. El caso es que con la anterior empresa cobraba unos incentivos por ventas, por superación de objetivos mensuales, etc. Que cobraba en la nómina de cada mes. Al producirse el cambio de empresa todos firmamos un documento en el que se garantizaba que la nueva asumía con las mismas condiciones todo lo referente al pago de salarios etc.
Ahora, unilateralmente han decidido abonar esos incentivos a final de año, con la consiguiente rebaja en el salario mensual. En mi contrato, una de las cláusulas dice que: "Todos los complementos salariales serán abonados MENSUALMENTE" Mi duda es si los incentivos por ventas (porcentaje sobre la cifra de venta mensual) y superación de objetivos mensuales (que ya no existen pero sí existían en la anterior empresa con el documento firmado cuando se produjo el cambio y se pagaron hasta ahora) se consideran complementos salariales y si puedo reclamar alegando la citada cláusula de mi contrato el pago de forma mensual.

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Si en tu contrato especifica que se cobra MENSUALMENTE esos incentivos, puedes reclamar perfectamente, sin problema.
Ahora bien en nómina esos incentivos ¿qué concepto tenían?. Necesito saberlo para decirte si se consideran complementos salariales o no.
En nómina el concepto es, simplemente "incentivos". El desglose de esos incentivos, incluidas las horas extras, me los entregaban en otro papel a modo informativo.
La única diferencia que le veo a las nóminas de la anterior empresa y la actual es que en las de la anterior la cuantía abonada por incentivos se multiplica por 1 y en las actuales por 30, es decir (te pongo dos ejemplos reales):
Nómina antigua empresa:
COD... CL... CONCEPTO... CANTIDAD... PRECIO
32... 11... incentivo... 1,00... 245,20
Nómina nueva empresa:
Cuantía... conceptos... importe... totales
30... INCENTIVOS... 5,52... 165,54
Muchas gracias por tu atención.
Un saludo.
Iván.
Eso es porque en la antigua empresa en nómina lo hacían mensualmente y en la nueva es por días, ¿es decir 30 días que tiene el mes por 5,52? Cada día.
Ten en cuenta una cosa los incentivos están considerados como un aporte "voluntario" de la empresa, es decir la empresa te da un incentivo porque quiere. Distinto sería si en la nómina te pusiera por ejemplo "productividad", eso sí es un complemento salarial.
Ahora bien si en todas las nóminas desde hace seis años te viene como incentivo se considera un "derecho adquirido del trabajador". Esto quiere decir que debido a tu antigüedad en la empresa puedes reclamarlo mensualmente porque siempre te ha venido así durante seis años.
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Esos complementos por ventas si son reclamables ya que las condiciones no han sido modificadas y el contrato subrogado, por lo tanto se pueden reclamar.

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