Jubilación y conferencias

Buenas tardes.
Un jubilado está claro que puede dar conferencias., ¿Tiene algún tope monetario para que dichas conferencias puedan afectar a su Jubilación en la Seguridad Social?
Dichas cantidades se consideran rendimientos de trabajo ¿es correcto? Y tributan al 15% por lo que he podido observar ¿es correcto igualmente? (A no ser que sea una actividad donde ya entramos en el ámbito del IAE...
Han llegado a mis oídos que si no llega al SMI no hay problema, pero que si llega al tope de 6000 euros se tendría que dar de alta en censos...
El oír no es del todo bueno, más bueno es que alguien experto sepa contestarme.
Gracias y reciba de antemano, y como siempre, un saludo

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No podría ayudarte eneste tema, no conozco a nadie que le haya estado en esta situación
Lo siento .

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