Despido. Fecha de efectos.
Hola, tengo una duda, se trata de un tema sobre despido disciplinario con reconocimiento de improcedencia. Al trabajador aún le quedan por disfrutar 15 días, por lo tanto, ¿se le puede comunicar el despido, y hacer la entrega de la indemnización, el día 30 de un mes con efectos del día 15 del siguiente, y esos días los disfrutaría de vacaciones?. Se procedería por lo tanto, a dar de baja al trabajador el día 15, dándole ese día el finiquito y su correspondiente certificado para la prestación por desempleo, ¿es correcto?. Gracias.
1 respuesta
Respuesta de jolls
1