Llevo 9 años en una empresa, 8 con el turno de mañana. ¿Pueden obligarme a cambiarme a la tarde?

Buenas tardes, necesito que me asesoren pues llevo 9 años trabajando en una empresa, 8 de ellos en turno de mañana. Los últimos años muchas de mis compañeras han sido madres y se les ha asignado el turno de mañana por reducción de jornada para cuidado de un menor. Recientemente se ha reicorporado una compañera de su baja por maternidad, dicha compañera tiene menos de un año de antigüedad con la empresa y quisiera saber si pueden obligarme a cambiar el turno a la tarde, ya que me han comentado que después de tantos años no pueden hacerlo. Quisiera saber cuales son mis derechos en esta situación. Muchas gracias

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Te resumo un poco lo que dice la ley.
El empresario podrá llevar a cabo modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo (y el horario es una de ellas), cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter
individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a
sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha
de su efectividad.
Sin perjuicio de la ejecutividad de la modificación en el plazo de efectividad
anteriormente citado, el trabajador que no habiendo optado por la rescisión de
su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla
ante la jurisdicción competente. La sentencia declarará la modificación
justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del
trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.
Esto es lo que dice la ley de manera general. Después hay que ver cada caso concreto para valorarlo.

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