¿Me pueden despedir por no hacer un curso de PRL?

La empresa para la que trabajo ( construcción) organizo para toda la plantilla, a través de FLC, el curso de segundo ciclo de formación en prevención de riesgos laborales por oficios. Por un problema de mal comportamiento en dicho curso me expulsaron desde la FLC y no realize el curso. Esta situación fue comunicada también a la empresa ¿me pueden despedir por no tener dicho curso? ¿O qué medidas puede tomar la empresa hacia mi?
Muchas gracias
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La empresa podrá sancionarte en función de lo regulado en el régimen sancionador de tu convenio colectivo, dependerá de si es o no necesario este curso para desempeñar tu puesto de trabajo, de tu responsabilidad real cuando te expulsaron,... las sanciones podrían ir desde una amonestación por escrito hasta suspensiones de empleo y sueldo o despido en función de la falta cometida.
Mira tu convenio y si tienes algún problema con la interpretación me lo comentas. Al menos debes encuadrar dentro de los motivos de sanción tu actuación, ya que podría ser una falta leve si era un curso voluntario o una grave en función de la obligatoriedad del mismo y de los motivos que originaron la expulsión.
Buenos días y gracias por la respuesta.
Continuo teniendo dudas:
La FLC envío una carta a la empresa en la que comunicaba mi expulsión de dicho curso.
El curso esta recogido dentro del convenio como obligatorio para conseguir la TPC y sin ella a partir del Diciembre de 2011 no podemos trabajar en este sector.
La empresa me ha sancionado con 90 días de suspensión de empleo y sueldo ya que tenia una falta grave anterior acumulada ( 2 meses antes) pero no se si puede llegar a despedirme al no tener el curso y ser obligatorio.
Mi categoría laboral es oficial de 1ª
Muchas gracias .
La empresa ya te ha sancionado, no se si piensas impugnar la sanción, por lo que ya no puede volver a sancionarte por este motivo, es decir, no puede despedirte.
Pero, si llegado el momento en el cual sea obligatorio tener una titulación para desempeñar el puesto de trabajo, aquí la empresa podría despedirte por causas objetivas, con una indemnización de 20 días por año, salvo que soluciones previamente el problema realizando el curso, bien a través de la empresa o por tu cuenta.

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