Devolución indemnización
Fui despedido por medio de un despido objetivo y se me abonó una indemnización de 20 días por año trabajado, mediante transferencia bancaria, pues me negué a aceptar el cheque y firmé la carta extintiva como no conforme. Obtuve una sentencia de despido nulo y la empresa ha presentado recurso de Suplicación, efectuando la consignación de los salarios de tramitación en el juzgado. He recibido un burofax de la empresa indicándome fecha para la reincorporación, conminándome a devolver la indemnización el mismo día en que me reincorpore.
¿Debo devolver dicha cantidad, cuando no recibiré los salarios de tramitación hasta no se resuelva el recurso de Suplicación? En caso afirmativo, ¿Qué consecuencias tendría que me negara a hacerlo?
¿Debo devolver dicha cantidad, cuando no recibiré los salarios de tramitación hasta no se resuelva el recurso de Suplicación? En caso afirmativo, ¿Qué consecuencias tendría que me negara a hacerlo?
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Respuesta de juansantamar
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