ERTE de 50% de reducción de jornada

En un ERTE de 50% de reducción de jornada, si decido cobrar el paro teniendo la base máxima de cotización:

- ¿se calcula el 35%(el 50% del 70%) sobre la base reguladora(3300) o el 50% sobre el máximo que paga el paro (1375€ con dos hijos)?. En mi caso hay 500€ de diferencia.

-¿Es cierto que si se realiza sobre un máximo de 6 meses y luego la empresa te despide, no se pierde nada de paro (180 dias)?

Muchas grácias

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Respuesta

Sería el 50% de lo que te corresponde de paro. A lo segundo que planteas si es cierto.

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