Hola, mi duda es la siguiente:los días cotizados en la mutua, después de terminar contrato, cuentan

Me servirían los días que siga de baja para completar los 360 días, ¿y así tener derecho a prestación por desempleo?-

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Las cotizaciones que se tienen en cuenta para el computo de la prestación por desempleo se generan mientras el trabajador /dora) mantienen el vinculo laboral con la empresa independientemente de si el trabajador/dora) esta en activo o en situación de incapacidad temporal, pero desde el momento en el que se produce la extinción de la relación laboral, la empresa deja de cotizar a la seguridad social para la jubilación y demás contingencias y al SEPE antiguo INEM para la cobertura del del desempleo.. Por lo tanto mientras estés en situación de incapacidad temporal y vinculado a la empresa o lo que es lo mismo con el contrato de trabajo en vigor, la empresa seguirá cotizando a la seguridad social y al SEPE para la cobertura del desempleo, pero si mientras estas en situación de IT finaliza el contrato de trabajo te despiden de la empresa la mutua te seguirá pagando la prestación por IT pero como la mutua no cotiza para la cobertura del desempleo los días de permanencia en IT desde el momento de la extinción del contrato de trabajo no se tienen en cuenta ni para la jubilación ni para el computo de la prestación por desempleo .Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

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Me encuentro de baja medica, pero cuando la empresa m termino el contrato, ya tenia los 360 días. Cotizados, para la prestación, ¿cuándo m den el alta medica puedo cobrarla?

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