Hola, ¿Pueden obligarme a aceptar una jornada completa teniendo contrato de media? Gracias

Tengo un contrato de ayudante de cocina a media jornada, normalmente he sustituido a mi jefe en sus vacaciones, bajas y libres aunque el tiene una jornada completa. Dichas sustituciones no constaban en ningún lugar sólo se me daba una retribución a final de mes por el trabajo realizado. Ahora mi jefe se quiere marchar del trabajo y todas las miradas me apuntan a ser su sustituta,¿pueden obligarme a aumentar mi jornada a una completa? Y también ¿pueden obligarme a hacerme cargo de ese trabajo si yo no estoy de acuerdo?

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Si tu tienes firmado un contrato de trabajo con unas condiciones determinadas, no te pueden obligar a modificar dichas condiciones si tu no estas dispuesta a aceptarlas, y si el, o los responsables de la empresa te las quien imponer tienes derecho a que te rescindan el contrato de trabajo por modificación de las condiciones de trabajo con una indemnización de 20 días por año de servicio en la empresa prorrateándose por mensualidades los periodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de 9 mensualidades, ademas si te obligan a realizar trabajos distintos a los que te corresponden o para los que fuiste contratada el contrato de trabajo seria un contrato en fraude de ley, por lo que de ser un contrato de trabajo temporal pasaría a ser un contrato de trabajo indefinido ya que los contratos de trabajo en fraude de ley tiene la consideración de contratos indefinidos, por lo que te aconsejo que te asesores en algún sindicato o solicites un abogado de oficio en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu ciudad para que te presten asesoramiento jurídico por si tienes que proceder legalmente contra la empresa aunque también puedes pasarte por la inspección de trabajo y seguridad social para explicarles tu situación y en la misma inspección de trabajo te dirán como tienes que proceder en tu situación pro sin abandonar nunca el puesto de trabajo hasta que se resuelva el litigio laboral porque si abandonas el puesto de trabajo sin causa que lo justifique durante mas de tres días consecutivos te pueden despedir por falta de asistencia al trabajo sin derecho a ningún tipo de indemnización y de corresponderte el paro tampoco le podrías cobrar si la falta de asistencia se considerara como un cese voluntario.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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