¿ERE por igual?

En una empresa pequeña, donde hay un ERE fijado por turnos de dos semanas para cada tres de ellos en caso de no haber trabajo (se van rotando), ¿es posible que haya uno de ellos que lleve el doble de días en ERE que otros?

Se alega que casualmente hay trabajo en las fechas que les toca a otros, alguna que otra baja... Etc.

¿Podría pedir ese trabajador que se regule para estar todos por igual?

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Si la actividad es la misma para todos los que estáis sometidos al ERTE de suspensión de contrato el Comité de empresa debe exigir que la empresa fija turnos de suspensión equitativos para todos los afectados y no realizar discriminación.

Si la empresa se niega os queda la vía del Juzgado de lo social para que sea el Juez el que obligue a la empresa a cumplir con un criterio más justo para los trabajadores.

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Gracias por contestar.

La cuestión es que son seis trabajadores y se fija un calendario de antemano para el ERE.

Dos semanas van 3 de ellos, y las siguientes dos los otros 3.

Si casualidad un trabajador va dos semanas al ERE y cuando vuelve hay trabajo, por calendario trabajan los 6 y dos semanas después, si otra vez hay poco, vuelve a ir el mismo, porque así está fijado en el calendario.

De esta manera y por casualidades o no, como comento hay un trabajador que lleva el doble de días que otros. El trabajo es el mismo, son todos los trabajadores de la misma categoría, pero igual uno empieza en una obra y cuando le toca ir al ERE no ha terminado y se queda esas dos semanas más trabajando.

En este sentido entonces tiene derecho a exigir que se equiparen los días que ha estado en ERE ya de más?

Gracias y ya os puntúo.

Un saludo.

Los criterios para determinar quien va nuevamente a la suspensión de 2 semanas deberían ser que quienes más tiempo llevan en el tajo y sin pasar por la suspensión de 2 semanas, sean los primeros y los que llevan menos en el tajo queden para que al final haya una compensación entre el tiempo de tajo y el tiempo de suspensión.

O sino otra forma sería:

Por ejemplo 3 están en suspensión y 3 en la empresa y resulta que sale trabajo en la segunda semana del turno de suspensión.

Se empieza a trabajar y se incorporan los otros 3. Los 6 trabajan y cuando se acaba el tajo les toca salir otra vez a los 3 que en principio estaban en suspensión, porque resulta que coincide que es su turno de suspensión. Ellos llevaban una semana en suspensión cuando se les llamó a trabajar; lo correcto sería que salieran los 3 que estaban incorporados en la empresa al tiempo de salir el trabajo y que salieran por una semana para equipararse con sus otros 3 compañeros.

Y después de esa compensación entre trabajo y suspensión entre los 2 grupos, volver otra vez a los turnos fijos hasta que vuelva a darse otro trabajo.

Podría dejarse los turnos de 2 semanas fijos para cada grupo mientras no haya trabajo pero si sale tajo lo justo es que se queden los que al tiempo de iniciarse el trabajo estaban fuera y que queden fuera lo que en ese momento estaban dentro, ¿y por que tiempo?

- Los que deben pasar a suspensión = Por el tiempo que estuvieron en el turno de suspensión los 3 que estaban fuera y que se interrumpió al salir el trabajo.

- Los que quedan dentro = Por el número de días del turno de estar en la empresa que llevaran el otro grupo al tiempo de empezar el trabajo e incorporarse todos.

Es algo más trabajado para la empresa y como no se quiere quebrar, rotación fija y punto.

Pero para eso está el Comité, para acordar con la empresa un distribución más equitativa.

Un saludo. Parece lo de la parte contratante de la primera parte... pero tiene su sentido y equidad.

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Muchas gracias otra vez,

Voy a imprimir y a leer todo con detenimiento, pero creo que me será de gran ayuda para intentar explicar un poco las cosas a este trabajador.

Más que nada quería saber si tenía derecho a reclamar o no, y eso me ha quedado claro. Ya decía yo que la "mala suerte" de que no haya curro cuando le toca a él y sí a los demás no era algo muy equitativo...

Un saludo.

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