Gananciales

Una persona adquiere a su nombre una vivienda;la hipoteca también a su nombre. Después se casa en régimen de gananciales. ¿Tiene el cónyuge derechos sobre la vivienda en caso de disolución matrimonial? Creo que no, pero me gustaría saber si pueden existir excepciones.

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El piso adquirido, si es con anterioridad al matrimonio, pasa a formar parte de los bienes privativos del comprador y si después contrae matrimonio este piso no pasara a los bienes gananciales si no que mantendrá su condición de bien privativo

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