Minuta debida o indebida

El pasado año 2012 me vi en la necesidad de acudir al despacho de un Abogado, a fin de que este me representase en mi defensa para formular una demanda de desahucio por falta de pago de una inquilina que no me pagaba los Arrendamientos debidos, el letrado que me asignaron en el bufete me presupuesto el coste de la minuta a pagar mediante un formulario escrito y firmado por ambas partes, en el cual claramente se indica lo siguiente., Primera:. El objeto del presente encargo consiste en la defensa jurídica de los intereses de mi cliente, a cuyo fin encarga la realización de las actuaciones mínimas relacionadas a continuación y que el cliente acepta: El estudio y redacción de demanda de desahucio por falta de pago, reclamación de cantidad contra la Arrendadora, proposición y defensa de prueba y celebración de la vista hasta la sentencia de la misma. El precio acordado y la forma de pago, la cual cumplí según lo acordado. El tema es que después de 3 meses desde la sentencia me comunique con el bufete con el fin de que me entregasen los documentos que les tuve que aportar como prueba y cual fue mi sorpresa que me hacen saber de que tengo que abonarles una 2º minuta en la cual me indican lo siguiente.- Interposición de demanda interesando el despacho de ejecución por la cantidad con seguimiento del asunto hasta resolución en Primera instancia.- Y el importe de esta minuta, y no estoy de acuerdo, puesto que, entiendo que este concepto ya fue presupuestado y pagado en un principio por mi, el caso es que no nos pusimos de acuerdo por lo que me ofrecióron hacerme un descuento en esta 2º minuta, pero no se lo acepte, total que ahora cinco meses después recibo a través de mi Procurador una demanda de dicho abogado me apuesto reclamándome el pago de esta 2º minuta y tengo 10 días para pagar y/o impugnar.

Que hago, claramente yo le e pagado la minuta de lo en un presupuestado en el inicio tal y como le indico a usted anteriormente y entiendo que esta 2º minuta que me reclama judicialmente es lo mismo que me cobro,. Ademas en el escrito que firmamos el letrado y yo en uno de los aparatados claramente se hace saber que si fuera necesaria cualquier otra actuación no incluida en los apartados anteriores que fuera necesaria para la defensa de los intereses del cliente se solicitara su previo consentimiento (COAS ESTA QUE NO HICIERON) facilitándose presupuesto de las acciones a realizar. Se excluyen expresamente los recursos que no se encuentren identificados que deberán ser objeto de encargo independiente.

Por todo lo expuesto, necesito que me orienten en que es lo que debo o puedo hacer, pues sinceramente estoy sorprendido y no se si acudir a otro letrado el cual pues supongo que no le ara ninguna gracia ir en contra de un colega y/o conocido ya que resido en una capital muy pequeñita, en fin quedo a la espera de sus noticias.

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Espero poder ayudarle en algo, aunque espero que entienda lo limitado de mi respuesta (habida cuenta de que no he revisado los documentos ni otros antecedentes más allá de lo expuesto por usted).

Entiendo que existe un motivo de oposición por su parte, basado precisamente en la existencia de un contrato, perfectamente cumplido por usted. El problema se centra es si usted autorizó o no (expresa o tácitamente) la interposición de la posterior demanda de ejecución. De la respuesta que se pueda dar a esta pregunta depende el éxito o fracaso de su oposición.

Por consiguiente, tendrá que contratar los servicios de un Letrado que examine atentamente la demanda y el resto de documentos obrantes en su poder, y haga un escrito de alegaciones al Juzgado.

Siento no poder ser de más ayuda.

Hola, muy buenos días,tal y como me aconseja pues me surgen algunas dudas las cuales solicito que me aclare. si es que es posible.

1º como quiera que el letrado que me atendió y a petición mía hizo unas hojas de encargo profesional( tipo presupuesto) las cuales firmamos ambas partes y claramente indican que se trata de un encargo profesional por el estudio y redacción de demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de la cantidad contra la arrendataria, proposición y demanda de prueba y celebración de vista hasta su sentencia en 1º instancia, y que para cualquier otra actuación referente a este caso el letrado esta obligado a solicitar de mi para cualquier otra actuación mi consentimiento firmando otra hoja de encargo profesional, es entonces legal que me reclame otra minuta a parte de la anterior y 3 meses mas tarde por los conceptos de interposición de demanda interesando el despacho de ejecución por la cantidad reclamada con seguimiento del asunto hasta resolución en primera instancia.

2º ante estos hechos tengo la obligación de tener que contratar los servicios de otro profesional (LETRADO) para impugnar la demanda que me a puesto mi letrado, o yo mismo puedo hacer y presentar dicha impugnación en el juzgado, por que si me veo en la necesidad de tener que contratar a otro letrado igual me sale mas a cuenta pagar la minuta que no la cual no adeudo pero que me reclama, y en el caso de verme obligado a contratar a un letrado para mi defensa y luego fallan a mi favor los gastos originados para mi incluidos los de mi letrado así como las costas judiciales se le puede obligar a la parte contraria a que los abone.o como es esto.

muchas gracias de antemano por su colaboración.

atentamente.

Miguel Angel.

Voy a intentar responderle dándole mi opinión (aunque no garantizo que coincida con lo que usted quiere leer):

1ª) Es perfectamente posible, siempre y cuando el Letrado pueda demostrar que se le encargó la segunda parte del procedimiento. Es decir, puede haber un contrato firmado para la primera demanda y no haber contrato para la segunda, pero eso no impediría la reclamación si el letrado consigue probar (cartas, faxes, correos, testigos, ...) que usted consintió, expresa o tácitamente, la presentación de la segunda demanda. Es una cuestión de prueba, pero para ello es necesario que haya una oposición por su parte, lo que nos conduce a la segunda cuestión...

2ª) Desconozco cual es la cuantía de lo que le están reclamando y, por lo tanto, si es o no es necesaria la intervención de abogado. Pero si usted quiere que se garanticen adecuadamente sus derechos, lo lógico es que busque un profesional dispuesto a defenderlos.

Es todo lo que puedo decirle y siento no poder ser de más ayuda.

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