Certificación ante notario y apostilla de la Haya.

Estimado Juanhito, una vez que el ayuntamiento realizo el pago de una expropiación y lo ingreso en un banco de España ¿puedo tramitar ante un notario un Acta de herederos donde se detalle el nombre de los herederos legales y el porcentaje o la cantidad de dinero que le corresponde a cada uno y apostillarla?, esta certificación seria al solo efecto de presentarlo ante un banco de Argentina como documentación respaldatoria al momento de la transferencia de dinero de un Banco al otro.
Desde ya muchas gracias.

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Esta pregunta ya me la hizo Vd. hace algún tiempo y es un poco galimatías. Por lo que yo entiendo se trata de un dinero que un Ayuntamiento le pagó a un señor por una expropiación y que esta persona ha muerto y que Vd. es uno de los herederos de ese señor.
El sistema es coger un certificado de defunción. Comprobar si hizo testamento. Si no lo hizo hacer, efectivamente como Vd. dice, un declaratorio de herederos ante un Notario. Una vez hecho presentar la relación de bienes en Hacienda, pagar los impuestos correspondientes en España, presentar ese documento una vez pagado en el Banco y tomar posesión del dinero en la parte que a cada uno corresponda, siempre que estén todos de acuerdo ycomparezcan todos en el Banco.
Si no están de acuerdo tienen que iniciar lo que en España se denomina juicio de testamentaria o sea, la solicitud ante un Juez de que declare quien es el heredero y la parte que a cada uno corresponde de ese dinero depositado en el Banco, exige abogado y procurador en España.

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