¿Convenio regulador?

Recientemente mi pareja y yo, nos hemos borrado del registro de pareja de hecho. Tenemos un hijo de 9 años en común. Hemos repartido todos los bienes incluido las viviendas. Estamos de acuerdo tanto en el régimen de visitas, como en la pensión alimenticia. Mi pregunta es ¿Tendríamos qué hacer un convenio para regular la situación del niño? ¿Es necesario recurrir a los servicios de un abogado? ¿Podríamos de mutuo acuerdo redactar un documento privado, donde se recoja todo lo concerniente a visitas, pensión etc, sin tener que pasar por el juzgado?

3 Respuestas

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Para evitar posibles futuras discusiones, lo mejor es que hagáis un convenio regulador por escrito autorizado por el juzgado.
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Si bien podrías llegar a un acuerdo privado, bien redactado por vosotro bien por un abogado, lo aconsejable es, una vez consensuados todos los puntos del convenio llevarlo a un Notario para que lo eleve a público, dando fe de la voluntad y fecha.
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Vamos a ver, podéis hacer cualquier pacto que queráis siempre que estéis de acuerdo y no se vulneren los derechos del menor, o sea en abuso de derecho. Podéis incluso realizar el convenio regulador que hayáis pensado y elevarlo a escritura pública. ¿Por qué os digo esto? Pues porque o bien esta en documento publico o bien debe estar homologado (aprobado) judicialmente para que surta todos los efectos. Podéis buscar un abogado de oficio para que os lo lleve conjuntamente y se apruebe judicialmente, y así también reducir los gastos de abogado y procurador. Si todo es de mutuo acuerdo solo tenéis que ir a ratificar una vez al juzgado y directamente sentencia, así que no puede elevarse mucho el coste del mismo. Si el día de mañana alguno incumpliese cualquier estipulación del convenio podréis reclamar, en caso que no se tramite judicial o notarialemtne os encontrareis con dificultades.

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