Buenas tardes. Estoy esperando a que la administración me conceda una licencia para iniciar la actividad de mi empresa. Si los funcionarios que se encargan de ello no la tramitaran y pasaran más de tres meses, a pesar de que todo el papeleo estuviera en orden. ¿Yo puedo demandar o interponer algún recurso de forma que esos funcionarios que no han hecho su trabajo paguen por ello?
Muchas gracias, un saludo.
Respuesta de penalero
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penalero, Curriculum Vitae Información personal Apellido(s) / Nombre(s)...
Deja de preocuparte, en este caso la ley te protege plenamente. El caso que describes de vagueza se llama en el mundo del derecho "silencio administrativo" y consiste en que la administración no responde en el plazo de tiempo fijado. El régimen jurídico de las autorizaciones es especial, y aunque no existe ningún tipo de ley que regule a las autorizaciones en general, si existe reglamentos que regular a las autorizaciones en partículas. Al respecto está el Real Decreto, 1778/1994. En cualquier caso, si pasado el tiempo que tiene la administración para responder, ésta no lo hace, entonces, estás de enhorabuena pues nuestro ordenamiento entiende que la autorización te ha sido concedida por "vagueza de la administración" (silencio positivo) Tan solo es suficiente con ir a la oficina en donde entregaste la documentación y acreditar que ya ha pasado el tiempo que tiene la administración para responder. A partir de ese momento contarás con tu autorización. Todo esto es posible, a no ser que la actividad de tu empresa afecte el interés general, entonces te será denegada en el caso de que no contesten. Pero vamos, lo general es que si no te contestan dentro de plazo debas considerar que te han otorgado la licencia.
Disculpa que te pida una aclaración. Creo que en el proceso de mi autorización está el silencio negativo. Es decir que si pasados 3 meses sin respuesta se entiende denegada la autorización. En ese caso ¿puedo interponer recurso alguno? ¿Los funcionarios culpables de esa"vagueza" pueden ser sancionados? Gracias de nuevo. Un saludo.
Insisto en que el régimen general de autorizaciones es claro cuando dice que si no te responden en el plazo fijado entonces, se entiende que tu autorización está concedida. No obstante, por distintos motivos consideras que el silencio es negativo (cuando lo normal es que sea positivo). Si como dices es negativo si puedes emprender acciones legales. En primer lugar debes recurrir a la vía administrativa mediante un recurso a la propia administración en el que expresas que transcurrido el plazo todavía no te han contesta y solicitas que te sea concedida la autorización. Si la administración no responde a tu recurso en vía administrativa, entonces, deberás pasar a la vía contencioso-administrativa(necesitas abogado). En cualquier caso los funcionarios serán o no castigados si lo decide la administración pero no un juez. Será la administración quien los castigue... Tu tan solo puedes empezar a elaborar el recurso administrativa de la vía administrativa(obligatoria antes de acudir a los tribunales). De todas maneras asegurate que el silencio es negativo y desea que sea positivo.