Cuestión competencia
Hola, trabajo en un Juzgado y me ha surgido una duda a la hora de tramitar un procedimiento monitorio que me ha llegado inhibido de otro Juzgado. Resulta que hay tres demandados y solo uno de ellos vive en la circunscripción de la que es competente mi Juzgado. Como es sabido en los procedimientos monitorios es Juzgado competente el del domicilio del deudor, y solo podríamos proceder contra uno de ellos, por lo cual he dado audiencia a fiscalía para que se pronuncie al respecto, pero su informe no es concluyente porque dice que vaya a por el que soy competente, pero pienso que no puedo reclamar el principal de la deuda solo a uno de ellos aunque sea solidariamente y no ir contra los otros dos respecto a los cuales no tengo competencia alguna. ¿Qué debería hacer? ¿Aplicar el 60.2 LEC?
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Respuesta de abogadovalen
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