Procedimiento Monitorio

Buenas días,
El día 6 de Abril de 2010, recibí una notificación de procedimiento monitorio, en la que se me reclama el pago antes de 20 días de una cantidad por parte del Banco de Santander de una deuda de Tarjeta de ´rédito.
La diligencia de dicho procedimiento es de fecha 5 de Febrero de 2008 y a mi me la notifican el 6 de Abril de 2010, es decir más de 2 años desde su presentación hasta que me notifican el requerimiento.
Mi situación actual es muy precaria, ya que debido a problemas de salud y a que hace más de 1 año me despidieron de la empresa en la que trabajaba, no puedo hacer frente al pago de dicha deuda.
MI pregunta es si puedo anular dicho procedimiento o realizar alguna alegación para cancelarlo, por haber pasado más de 2 años desde que se presento en el Juzgado la diligencia por procedimiento monitorio el 5 de Febrero de 2008 hasta que se me notificó el 6 de Abril de 2010.
Le rogaría me informara que puedo hacer si es que tengo alguna defensa ante esto o no.
En espera de su respuesta y agradeciendo de antemano su contestación reciba un cordial saludo.

2 respuestas

Respuesta
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En respuesta a su consulta, no puede cancelar dico procedimiento, sino es con el pago de la cantidad reclamada. Las responsabilidades perosnales se pueden hacer valer durante 15 años.
Los problemas que usted alega, aun siendo importantes no afectan al procedimiento en sí, por lo que, de no pagarse en el plazo requerido ni alegar justa causa se convertirá en ejecutivo y terminará en embargo.
La única defensa ante este proceidmiento es que la reclamación careciera de fundamento. Si no es el caso, la única opción es pagar.
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La oposición al Monitorio solo cabe cuando la deuda ya esté pagada o bien cuando le reclamen una deuda no existente. Si transcurridos los 20 días vd. no paga, al demandante le abren la vía para ejecutar el cobro de la deuda.

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