Impugnación de Decreto

Mi duda es si el Departamento competente de la Generalitat aprueba un decreto que regula los servivos de transporte urbano con fines turísticos, es posible que las asociaciones del ramo puedan impugnar el Decreto alegando su ilegalidad por no haber sido realizado el tramite de audiencia.
Y si es que si, ¿Dónde debe impugnarse ante el propio Depatamento que dicto el Decreto o ante los tribunales?

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Las asociaciones afectadas por ese Decreto tienen legitimación activa para impugnarlo, esta impugnación deberá realizarse ante la jurisdicción contencioso administrativa para la que necesitarán de abogado, quien será el que debe encaminar la demanda ante el tribunal competente en función del órgano que haya aprobado el Decreto
Hola, en primer lugar muchísimas gracias por contestarme, el problema con el que me encuentro ahora es que el ejercicio no me aclara cual es el órgano que ha dictado el Decreto solo dice "el Departamento competente de la Gneralitat", por ello me queda la duda de cual es el órgano judicial competente para resolver el recurso y si es posible en el caso interponer un recurso contra la sentencia dictada por ese órgano.
Un saludo.
Es que la competencia de los tribunales se determina en función del órgano que dicte el Decreto, sin conocer ese dato es complicado el determinar si corresponde al juzgado de lo contencisoso administrativo, o al Tribunal superior de justicia
El art 8.3 LJCA atribuye a los juzgados de lo CA la competencia: 3. Conocerán en única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a disposiciones y actos de la Administración periférica del Estado y de las comunidades autónomas, contra los actos de los organismos, entes, entidades o corporaciones de derecho público, cuya competencia no se extienda a todo el territorio nacional y contra las resoluciones de los órganos superiores cuando confirmen íntegramente los dictados por aquéllos en vía de recurso, fiscalización o tutela.
El 10.1b) atribuye a los Tribunales superiores de justicia de las CCAA el recurso contra: Las disposiciones generales emanadas de las Comunidades Autónomas y de las Entidades locales.
Si hubiera que elegir entre los dos, yo apostaría por la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal superior de justicia de la CCAA

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