¡URGE! Trabajar por un Recurso de Alzada

Comentarle que el pasado 21 de septiembre de 2010, presenté RA sobre procedimiento de selección realizado en mi Ayto. Mediante el cual se otorgan varias plazas a cubrir conforme las necesidades del Ayto. En materia de Turismo.
Nos presentamos cuatro candidatos, quedando yo el último (4º).
Presento RA, basándome en la NO baremación conforme a criterios de selección, de mis estudios presentados (pedían bachiller y presento Diplomatura; lo cual es baremable); así como de cursos relacionados y experiencia afín.
Si me puntuaran dichos criterios (estudios, cursos y experiencia) quedaría en 2º lugar con 4,25 puntos. Sobre un máximo de 7 puntos.
Con independencia de los puntos., mi pregunta va más allá.
¿Puede el Ayto. Cubrir puesto de trabajo con la persona que quedó en 2º lugar, en tanto y en cuanto, NO se haya pronunciado sobre mi RA?
Efectivamente, el próximo sábado 13-11-10 se procederá a la inauguración del Centro de Interpretación "Cerrillo Blanco" sobre los Íberos y debe de cubrirlo, laboralmente, con alguien de los cuatro que nos presentamos. Es por eso que lanzo la pregunta, pues si me fuera favorable, sería yo el que cubra dicha plaza.
Por tanto, si realmente han contratado a ese 2º candidato, ¿Puedo recurrir, basándome en lo aquí expuesto?
En definitiva josemart, llevo desde 01-01-08 en desempleo (solo 8 meses de trabajo en estos 3 años) y a estas alturas con prestaciones agotadas y sin perspectivas por culpa del mercado laboral, intento luchar por algo que creo es mío y me corresponde.
Ruego máxima prioridad de respuesta debido a fecha de inauguración del centro mencionado.

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En materia administrativa rige el principio de inmediata ejecutividad de los actos administrativos, esto es producen efecto inmediato a pesar de haber sido recurridos en vía administrativa e incluso judicial
Si se recurre en vía judicial una vez agotada la administrativa se puede pedir la suspensión cautelar del acto, aunque los tribunales suelen ser muy exigentes y rigurosos para conceder la suspensión cautelar
Lo mejor es que acuda a un abogado que pueda llevarle su reclamación, dada su situación acuda al colegio de abogados y pida asistencia jurídica gratuita para que le nombren un abogado de oficio especializado en derecho administrativo que pueda tramitarle la reclamación
Puede también solicitar el examen del expediente administrativo para comprobar los criterios aplicados por el tribunal a la hora de evaluar a los candidatos
Gracias, pero creo que no utilizaré la asistencia de un abogado. Directamente reclamaré y haber por donde respiran.
Gracias de todos modos.

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