Tiene costes un juicio de faltas

Tengo arrendadas las tierras y el arrendatario no me paga el importe es menor de 400e mi pregunta es si pierdo el juicio tengo que pagar yo los costes? ¿A cuánto puedes ascender? Y cuantos años atrás le puedo reclamar
¿Un saludo
cuando un juez pone los costes a medias?

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El art 32.5 de la ley de enjuiciamiento civil señala: Cuando la intervención de abogado y procurador no sea preceptiva, de la eventual condena en costas de la parte contraria a la que se hubiese servido de dichos profesionales se excluirán los derechos y honorarios devengados por los mismos, salvo que el Tribunal aprecie temeridad en la conducta del condenado en costas o que el domicilio de la parte representada y defendida esté en lugar distinto a aquel en que se ha tramitado el juicio, operando en este último caso las limitaciones a que se refiere el apartado 3 del artículo 394 de esta Ley. También se excluirán, en todo caso, los derechos devengados por el procurador como consecuencia de aquellas actuaciones de carácter meramente facultativo que hubieran podido ser practicadas por las Oficinas judiciales.
En principio al ser inferior a 900 euros no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, y en caso de que la otra parte comparezca con ellos no debería haber condena en costas, salvo que concurra lo que le he reseñado
En cuanto al plazo de prescripción, el art 1966 del código civil señala: Por el transcurso de cinco años prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
1º La de pagar pensiones alimenticias.
La de satisfacer el precio de los arriendos, sean éstos de fincas rústicas o de fincas urbanas.
3º La de cualesquiera otros pagos que deban hacerse por años o en plazos más breves.
Puede reclamar la renta de 5 años, en cualquier caso cualquier reclamación que pudiera haberle efectuado antes interrumpe el plazo de prescripción y hace contar un nuevo plazo de 5 años
Ultima pregunta y te finalizo
Cuanto puede tardar en salir un juicio y la solución
Un saludo y gracias
Esto depende de cada juzgado, no hay un plazo estándar que apliquen todos, si no que cada uno lo señala en función del trabajo que tenga

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