Pensión por invalidez absoluta

Mi nombre es jose ramón y mi duda es la siguiente. Yo trabajaba en un almacén, y me dieron la invalidez absoluta para todo tipo de trabajo por una enfermedad de riñones. Me dicen que la pensión que me han dado es para siempre, pero que si una vez que me trasplante quiero trabajar, puedo hacerlo. ¿Perdería entonces toda la pensión si vuelvo a trabajar, o como estoy operado de riñón y por tanto no estoy al cien por cien, se me dejaría algo de la pensión?
Hay quien me dice que si trabajo se me queda en un 50 por cierto hasta los 55 años, y luego ya se me queda en un 70 por ciento, ¿es cierto?
Es que soy joven, tengo 40 años, y aunque la pensión es para siempre, mi intención es preparar unas oposiciones de administrativo, pero si me van a quitar la pensión completa, a lo mejor no me interesa.

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Si por esa operación usted mejora y por tanto puede trabajar caben dos posibilidades:
1º Que la recuperación sea prácticamente total en cuyo caso usted podría realizar cualquier trabajo, entre ello su profesión habitual
2º Que esa recuperación no sea total y que pese a no poder realizar su profesión habitual si pueda realizar otras profesiones con funciones distintas a su profesión habitual
Yo no puedo aventurarle cual será su caso, tiene que tener en cuenta también cual es su profesión habitual que es lo que marcaría la distinción entre la existencia o no de una incapacidad permanente total
Mire, yo trabajaba de mozo de almacén, se que de eso no puedo volver a trabajar, por eso preparo unas oposiciones a administrativo. Mi duda es si gano esas oposiciones y por lo tanto trabajo, si me quitarían completamente la pensión que me dan ahora que es la del 100 por 100, o solo me quitan el 50 por ciento hasta los 55 años. Es que yo cobro unos 900 euros de pensión, entonces si como funcionario voy a cobrar 1200 euros, a lo mejor no me conviene trabajar para ganar solo 300 euros más, ya que esos los puedo conseguir de otra forma y la pensión la tengo ya de por vida. Espero que entienda mi pregunta, gracias.
Si trabaja evidentemente va a perder la IP absoluta, pues ésta es incompatible con cualquier trabajo
Respecto a la IP permanente total, antes de empezar a trabajar y una vez operado debería promover una revisión de su IP para que le reconocieran la total
Si trabaja sin haber intentado esta modificación puede tener problemas, antes de iniciar cualquier trabajo debe comunicarlo al INSS, y para resguardarse de posibles problemas debe promover una revisión a la baja de su IP, si empieza a trabajar con una IP absoluta reconocida corre el riesgo que se la quiten por completo
Muchas gracias, ya me ha quedado muy claro. Pierdo la absoluta, pero si antes de trabajar lo comento para que me revisen, puede que me den la total. Gracias.

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