¿Mi inquilino ha dejado todo en el local...? ¿

De mutuo acuerdo, sin tener ningún papel firmado, mi arrendador hace un año y medio dejo el local que le tenia yo alquilado con contrato echo, porque no podía pagar dejando allí todas sus pertenencias, ¿ahora lo volveré a alquilar y le he avisado que me tiene que sacar sus cosas? ¿Qué puedo hacer si no lo hace? ¿Las puedo sacar yo y guardarlas en otro sitio?

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Como dice un refrán muy extendido, "aquellos polvos... trajeron estos lodos".
El mutuo acuerdo que usted dice, sin haber firmado documento alguno y sin testigos que puedan corroborar lo que usted dice, no tiene validez jurídica alguna.
El contrato de alquiler sigue vigente porque el mismo no ha sido denunciado, aunque él no le abone las cuotas pactadas, y consecuencia de ésto lo es que no puede disponer del local y menos de las pertenencias de esa persona.
Debería haberle notificado de forma fehaciente con un requerimiento notarial o con el envío de un Burofax con certificación de texto y acuse de recibo, comunicándole que si en el plazo de tal tiempo no abonaba las rentas o no desistía formalmente en el contrato pactado, procedería al lanzamiento judicial de desahucio.
Pero como ni se lo ha notificado ni ha instado el desahucio, no puede hacer absolutamente nada, es más, le aconsejo que ni siquiera piense en la posibilidad de hacerlo por su cuenta, por los perjuicios que puede acarrearle, entre otras cosas porque puede decir que tenía allí guardada una cantidad de dinero elevada y que le ha desaparecido, o que había dos máquinas del tipo que quiera imaginar y que se las ha posesionado usted.
Póngase en manos de un Abogado para incicar los trámites que le he indicado a la mayor brevedad posible.
Ruego cierre la pregunta y valore
Si tienes toda la razón, no me pasará más, pero ahora que me acuerdo le cuento bien como están las cosas, el inquilino a finales de 2008 me dijo que no podía pagar, que cerraba el negocio un tiempo, entonces quedamos que durante un tiempo yo le rebajaba el alquiler y que si a finales de 2009 no había vuelto a reabrir el negocio, entonces yo lo podría volver a a alquilarlo a un tercero. ¿De todo esto hicimos un nuevo contrato explicándolo todo y esto si que lo tengo firmado ... eso me salvaría?
Gracias
La única causa que se me ocurre es el desistimiento de la relación contractual previa mediante un documento firmado por ambas partes.
Entiendo lo que usted quiere decir, pero es una cláusula condicionada y no una cláusula definitiva en el que se manifiesta la expresa voluntad de permenecer en el contrato de inquilinato.
Normalmente no ocurrirá nada, pero mejor no tentar a la suerte ni patinar por el filo de la navaja. No le costará mucho localizarle y que le firme la expresa cesación en sus derechos sin más aditamentos de que si encuentra o deja de encontrar, unido a que usted también condicionalmente hace una novación de contrato condicionada usando la fórmula de rebaja en el precio mensual.
Las cláusulas son libres en virtud del principio pacta sunt servanda, pero cuando se modifican tienen que ser lo suficientemente claras que no quepa ningún atisbo de duda sobre su desistimiento en la relación contractual.
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