El Registro de la Propiedad funciona entre otros, bajo el principio de hoja única y tracto sucesivo, es decir cada inmueble independientemente de los propietarios que pudiera tener, tiene su propia hoja registral con un número único de finca que le seguirá toda la vida, incluso cuando de una finca se segregue otra, dirá de qué finca procede.
Con el nombre de los propietarios antiguos, puede, diego puede que tenga suerte, pero eso es mucho aventurar.
El Registro de la Propiedad es público y usted, como cualquier ciudadano puede acudir a solicitar la información que precise, abonando el arancel correspondiente. Tendrá que rellenar un formulario con sus datos personales, lo que requiere de la o las fincas y abonar una tasa por dicho servicio. Si tiene suerte y es una localidad no muy grande, puede que se lo entreguen sobre la marcha o quizás tenga que esperar un par de días para que le entreguen una nota simple, pero de ahí ya se lo anticipo, poco va a sacar porque en ella aparece el nombre del titular registral a día de hoy aunque el último asiento se hiciera en 1900, ese sigue siendo para la ley su dueño, porque no se ha llevado a cabo el tracto sucesivo que le citaba al comenzar, la extensión de la propiedad y los linderos si la finca está aislada.
Lo mejor sería una vez identificadas las fincas de que se trate, solicitar una nota extensa, pero cada nota cuesta cerca de 35€ y usted verá si la investigación de realizar le merece la pena la inversión. Dicha nota extensa, comienza el día que se inmatriculó la finca hasta nuestros días o hasta que se realizó el último asiento con todos los propietarios que ha tenido. Como habrá deducido hay mucha diferencia de una a otra.
¿Ruego cierre y valore?
¿
?