¿Cómo puedo reclamar si no me han pagado una denuncia que me tienen que pagar?

Resulte que tuve un juicio de una pelea que tuve, yo denuncie con su parte de lesiones y tal... El resultado del juicio me fue favorable en la sentencia en el que la otra parte fue condenado a pagarme por las lesiones... Resulta que ya han pasado varios meses pero resulta que el agresor todavía no me a pagado ni un euro de los que me tiene que pagar y mi pregunta es como puedo reclamar que me page, me acerco al juzgado de guardia y hablo con la funcionaria de allí, ¿hablo con un abogado...?

2 Respuestas

Respuesta
1

En principio la sentencia no se puede ejecutar hasta que no sea firme, si la otra parte la recurrió tiene que esperar a que se resuelva el recurso y entonces podría cobrar.

En caso de que la otra parte no haya recurrido la sentencia seria firme, si le han condenado y el Juez de oficio tendría que ocuparse de la ejecución.

Entiendo que se trato de juicio de faltas y usted acudió sin Abogado, como el Juzgado tiene que asegurar que se cumpla la sentencia, lo mas practico es que usted se pasara por el Juzgado con ese documento y les hiciera saber que no ha cobrado, para que ellos inicien la ejecución

Si pasa el tiempo y ve que no le hacen caso, tendrá que presentar una demanda de ejecución con Abogado y Procurador.

Respuesta
1

Sin conocer a fondo el asunto, sólo podemos informarle de manera general de como debe Ud. actuar.

En primer lugar, debería Ud. personarse en el juzgado donde se tramitó su expediente y solicitar que le informen del estado del mismo para saber si la persona condenada ha realizado el pago en la cuenta del juzgado, o ha presentado recurso contra la sentencia.

En caso de que haya realizado el pago en la cuenta del juzgado, deberá Ud. solicitar la entrega del dinero mediante un mandamiento de devolución que hace el juzgado.

Si ha recurrido la sentencia, deberá Ud. oponerse a dicho recurso, tenga en cuenta que para la oposición existe un tiempo límite.

Si la parte condenada no ha realizado el pago ni ha presentado recurso, debería Ud. iniciar un procedimiento ejecutivo. En función del importe de la indemnización esta demanda ejecutiva deberá ser presentada mediante abogado y procurador.

Quedamos a su disposición para cualquier consulta en el e-mail: [email protected].

pero en el caso de que hubiera abonado o hubiera presentado el recurso no deberían haberme llamado del juzgado?

al presentar el procedimiento ejecutivo en caso de impago el abogado podría ser de oficio? o según las leyes actuales tendría coste?

Normalmente el juzgado avisa cuando se presenta un recurso en el domicilio que Ud. dio para recibir notificaciones (normalmente su domicilio), en cuanto al ingreso de la indemnización, al no haber plazo, muchas veces el juzgado tiene hecho el ingreso y se demora a la hora de notificarlo, por eso es conveniente que vaya Ud. al juzgado a interesarse por el estado del tema.

Para presentar la demanda ejecutiva, si es preceptiva la intervención de abogado y procurador y Ud. no dispone de recursos, puede solicitar justicia gratuita dirigiéndose al colegio de abogados de su ciudad. Si se la conceden, el procedimiento no tendría ningún coste para Ud.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas