Despido Laboral (¿Procedente o Improcedente?)

Soy de Alicante y mi trabajo consiste en desplazarme fuera de mi provincia semanalmente a nivel de supervisión de tiendas. Mis resultados en la empresa son inmaculados. Por resumir mi empresa quiere prescindir de mis servicios pero pagándome sólo 20 días por año. LLevo 14 años en la empresa y no tiene perdidas. Por supuesto me ofrecen irme a Madrid o Barcelona, supuestamente manteniéndome el sueldo, cosa que no puedo permitirme hacer por motivos familiares o volverme a la tienda de la que llevo fuera 4 años reduciéndome el salario considerablemente. No me han querido dar ninguna carta ni documento para no comprometerse. La verdad, tienen claro que quieren despedirme sin motivos y saben que no puedo cambiarme de ciudad. Me da que pensar que se van a acoger a cualquier cuestión, de estas dos, para pagarme sólo procedente cuando desde mi punto de vista podría ser un improcedente ¿Qué opináis? No he visto nada parecido en los post y por ello os pido el favor de que me contestéis.

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¿Has sido contratado para un trabajo con centro de trabajo itinerante o tienes un centro de trabajo fijo?

Gracias por contestar. Mi centro de trabajo es Alicante pero con el "ascenso" viajo por toda España. No hubo contrato nuevo y sí un plus económico por esa tarea.

¿Entonces usted reside en Alicante pero lleva años realizando su trabajo de forma itinerante por toda España?

Disculpe las preguntas para quiero tener clara su situación antes de darle una respuesta.

Eso es. Resido en Alicante y por motivos laborales me desplazo todas las semanas a distintos puntos de España.

De acuerdo.

Usted reside en Alicante y se desplaza periódicamente a distintos puntos de España, por lo que su trabajo es itinerante.

¿Entiendo qué ahora la empresa quiere trasladarlo a Barcelona o Madrid de forma que el centro de trabajo sea una de estas provincias? Es decir, ¿estará de forma "fija" en uno de estos centros de trabajo?

Correcto. Aunque no concretan las tareas a realizar. Por cierto muchas gracias. Me estoy desahogando. No es justo y yo no me quiero marchar de mi empresa.

De acuerdo, todo claro entonces.

Su empresa quiere aplicarle una movilidad geográfica, puesto que quiere trasladarle a un centro de trabajo que implica que usted tiene que cambiar de residencia. Para aplicar este procedimiento la empresa debe hacerlo a través del art. 40 del ET y además debe justificar por razones técnicas, económicas, organizativas o de producción la movilidad geográfica.

Usted como afectado tendrá derecho a:

- Aceptar la propuesta recibiendo una compensación por los gastos que le genere el cambio de residencia.

- Solicitar la extinción del contrato con derecho a percibir 20 días de salario por año con un máximo de 12 mensualidades.

- Demandar a la empresa por no estar de acuerdo con la movilidad geográfica, para que sea el juez quien declare la movilidad justificada o injustificada y en este último caso reconocerá el derecho al trabajador de ser reincorporado a su centro de trabajo de origen.

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