Reclamar a la Comunidad o al Administrador

En una junta de vecinos que se celebró hace más de un año, se trato el asunto de instalar aires acondicionados en el edificio, ya que había dudas sobre la legalidad de esto, ya que en Torrejón de Ardoz se estaban poniendo en las fachadas durante muchos años, pero en los barrios nuevos por lo visto estaba prohibido.

Pues bien, en esa junta quedó reflejado en el Acta, que tal y como comentó el administrador que tenemos, que se podían instalar siempre y cuando se pusiesen en un hueco que tenemos en las ventanas que se mete hacia el interior de la fachada y se tapasen con una celosía del color de las que tenemos en los tendederos. Pues bien, así lo hicimos 3 vecinos y resulta, que a raíz de una denuncia que puso en el Ayuntamiento el antiguo Presidente, nos ha llegado una multa de 600 euros por la instalación de los aires acondicionados y la orden de que tenemos que quitarlos.

¿Se puede pedir algún tipo de responsabilidad al Administrador por habernos informado mal o a la Comunidad por figurar en el acta de esa junta que sí se podían poner los aires?. Obviamente, si hubieran dicho que no se podían poner o que no estaba claro que se pudiese no los hubiéramos puesto.

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Se dan las condiciones que exige la ley y la jurisprudencia para que puedan reclamar a la Comunidad y al Administrador, si esa decisión la tomó la comunidad y se reflejó en el acta que fue el administrador quien aconsejo que la instalación de los aparatos de aire acondicionado se hiciera de esa forma.

No obstante, estamos frente a una cuestión que permite varias interpretaciones. La principal es que, en la duda, puesto que en Torrejón de Ardoz les constaba a ustedes que habían prohibido ese tipo de instalación en las viviendas de nueva construcción, debieron consultar la normativa urbanística, antes de decidir cual era la forma mejor de hacer esa instalación.

Aun así, entre las funciones del administrador de fincas, está la de asesorar justamente sobre esas cuestiones, y procurar obtener una información válida en caso de que se desconozca en el momento de plantearse la cuestión.

En cuanto a la Comunidad, ha aprobado un sistema de instalación de aires acondicionados, que es contrario a la normativa urbanística, bien sea aceptando el consejo equivocado del administrador de fincas, bien sea por propio desconocimiento de las normas urbanísticas.

Entiendo que hay motivo de reclamación.

Les sugiero que los 3 vecinos afectados contraten al mismo abogado, a efectos de reducir el coste de los honorarios, ya que necesitarán abogado y procurador para interponer la reclamación, que presumo, entre multa, gastos de instalación, gastos de desinstalación y nuevos gastos de instalación, superior a 2000 euros, cantidad a partir de la cual es preceptiva la intervención de abogado y procurador.

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