Después de la notificación del juzgado de ejecución del monitorio hable con la financiera

Me llego despacho de ejecución de monitorio de finconsum pero hable con la financiera y retomamos los pagos mensuales como antes pero pagando ademas las costas que podrían variar dependiendo del tiempo que tarde en cancelar la deuda. La deuda era de 1.052 euros y ademas de costas 315 euros que podrían aumentar-Me dijeron que ellos todavía no habían solicitado el embargo. Mi pregunta es : ¿Entonces qué quiere decir ejecución de l proceso monitorio si no es para conseguir cobrar .? ¿Para qué la solicitan si luego me dijo que no habían solicitado el embargo?. ¿Me dijeron que estuviese tranquila que si pago mensualmente sin fallar no habrá problemas Es cierto?. Se que en un monitorio se paraliza si pagas pero cuando piden al juzgado ejecución no es había que todavía se diesen facilidades para pagar sin embargarte. ¿Me lo explica por favor?. ¿Puedo fiarme?

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El proceso monitorio sólo permite tres alternativas: pagar sin costas, oponerse por no estar de acuerdo con la reclamación o, si no se hace nada de ello, se decreta el estado ejecutivo.
Si ud. no ha pagado ni opuesto, el monitorio termina con un decreto que “despacha ejecución”. En otras palabras, que la cantidad ya no es discutible y el demandante tiene libertad para presentar la ejecución de ese decreto. Ignoro qué ha hecho Finconsum porque no me queda claro en su pregunta. Lo normal es que se mantengan los pactos alcanzados, porque para ejecutar siempre se está a tiempo. Si lo que ud. ha visto como ejecución es ese fin del monitorio, no debería preocuparse. Por el contrario, si lo que ha visto es el inicio de una demanda de ejecución, que tendrá un número de expediente diferente, entonces sí que debería protestar por no cumplir los pactos. Finconsum es libre de presentar esa ejecución, pero si han llegado a un acuerdo y ud. está cumpliendo los objetivos, sería un gesto desde luego nada elegante y rallando la traición.

Una vez iniciada la ejecución estará ud. en manos de Finconsum, ya que es la única que puede pedir que se paralice el expediente o que se embargue.

Finconsum pide al juzgado despacho de ejecución y solicita que se investigue mi patrimonio,cuentas devolución hacienda,nomina.etc para cobrar la deuda, perodespues de leerlo llame a la financiera y me pasaron con quien lleva mi expediente y les dije que si se podía arreglar y retomar los pagos pues hasta agosto yo había pagado la mitad de la deuda.Me dijeron que si pagaba mensualmente sin fallar no habría problema pero que a la deuda había que sumar la provisión de costas 315 euros y que ellos todavía no habían pedido embargo de nada,MI PREGUNTA ES :Si piden ejecución y que miren todos mis bienes y gananciaspara cobrar que es que el juzgado investiga primero y lo comunica a la financiera y luego deciden si piden embargo o pueden paralizar el proceso una vez iniciadala petición de ejecución?.Gracias.No se si me he explicado bien

En el trámite civil, todo funciona a petición expresa de la parte. Finconsum ahora ha pedido que se despache ejecución porque se dan los presupuestos. Ese despacho autoriza a consultar registros para conocer sus bienes. Una vez consultados se comunicará a Finconsum para que decida qué decide embargar. Si Finconsum no solicita nada el Juzgado tampoco hará nada.

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