Denominación de un acto

Saludos landaeta.
Mi pregunta va relacionada con "Permitir que en un local publico, en alguna dependencia del local,el propietario permita que se consuma cocaína".
Quisiera saber con la ley en la mano si esto es un delito, una falta o jurídicamente como se llama.
Esperando su respuesta y dándole las gracias
Joan

Respuesta
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En nuestro ordenamiento el consumo de sustancias psicotrópicas no está penado, lo que se pena es la tenencia y desde hace poco la conducción bajo sus efectos. Entonces, en el caso de que las fuerzas de seguridad irrumpan en su establecimiento los únicos que serán responsables son aquellas que tengan en su posesión las sustancias.

Entonces el que promueva, favorezca o facilite el consumo ilegal de drogas toxicas no esta cometiendo un delito?.

Y ademas hacerlo en un establecimiento abierto al publico por el responsable o empleados no es un agravante?

Vamos a ver, una cosa es que dejes consumir, como aquel que no se entera, y otro tema distinto es que lo publicites...

Vamos a ver ¡¡¡¡¡

El tema es un propietario que abre el despacho de un local publico en horario de apertura para que entren sus amiguetes para hacerse unas rayas.

Por supuesto que en la sala no se permite consumir y el que consuma algo ilegal se le expulsa de la discoteca.

Yo solo quiero saber si el hecho de permitir que entren amigos a fumarse un porro o a meterse una raya esta contemplado en el código penal y que nombre recibe.

Pues no, no está contemplado, como ya le dije, el consumo no está penado, sólo la tenencia. Si no está penado el consumo, mucho menos lo está que una persona permita o no impida que otros consuman.

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