Estimada consultante,
El documento que han firmado ustedes tiene validez legal, en el sentido de que existe una deuda y la parte deudora reconoce que le debe a usted 12.000 euros a pagar en XXX plazo y con el fraccionamiento que se haya determinado. Al tener validez legal, en el caso de que la otra parte no cumpliera, se podría reclamar en los Juzgados y sería relativamente sencillo ganar el juicio.
Sin embargo, elevarlo a escritura pública ante notario o que conste en acta judicial tiene una ventaja añadida, y es que usted no tendría en su mano sólo un documento privado de reconocimiento de deuda sino también un título ejecutivo. Esto quiere decir que, si incumplen, ya no habría que ir a un Juzgado a reclamar ese dinero con el correspondiente juicio (y el correspondiente riesgo de ganar o perderlo), sino que al Juzgado habría que ir a presentar una demanda ejecutiva, de modo que podría usted exigir cobrar sin juicio previo y, si es necesario, por medio de embargos, lo cual es una gran ventaja.
Para ello existen dos opciones:
1. Elevar a público el documento ante Notario.
2. Interponer una papeleta de conciliación para que, ante el Juzgado, se realice el correspondiente acto de conciliación. En él, la parte deudora reconoce la deuda y alega que la pagará en 5 años y en los mismos términos que consta en el documento que usted tiene, de manera que el Juzgado emite un documento que es un acta de conciliación. Este acta de conciliación le permitiría a usted cobrar aunque fuera por medio de embargos (y sin necesidad de juicio previo y sus riesgos) para el caso de que no paguen en el plazo establecido.
Quedamos a su entera disposición para cuanto necesite, pudiendo contactarnos gratuitamente y sin compromiso en el 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es
cuanto costaría reclamar un reconocimiento de deuda de unos 10500 euros en los juzgado o como se puede hacer sin que te cueste mucho dinero un saludo y muchas gracias - Francisco Manuel Rocha Barco
Estimado Francisco,En su caso, ¿ese reconocimiento de deuda consta en documento privado entre las partes o en documento público ante Notario?Contáctenos en nuestro email [email protected] o en nuestro teléfono 951 71 50 41 para exponernos con detalle su caso y, sin compromiso, le indicaremos los pasos a seguir, así como la forma más beneficiosa de llevarlo a cabo y un presupuesto.Un cordial saludo. - Larios Abogados