¿Quién debe inscribir las capitulaciones matrimoniales?

Me he casado hace un mes en régimen de gananciales. Queremos cambiarlo a separación de bienes. Tengo las siguientes dudas:

Precio en un notario.

Puedo entregar el documento de la notaria en el ayuntamiento donde tuvo lugar la boda o tiene que ser obligatoriamente en el Registro Civil de la provincia.

Tenemos que estar los dos cónyuges al entregarlo, puede ir solo uno o puede entregarlo cualquier persona con autorización (en ese caso cómo se hace). Mi marido esta en silla de ruedas y haciendo radioterapia.

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La separación de bienes la han de realizar ante notario y dependerá de muchas circunstancias el precio, por lo tanto, le recomendamos se ponga en manos de un abogado que les ayude o soliciten presupuesto al notario de su localidad.

Estas escrituras las han de inscribir en el Registro Civil, pero algunos ayuntamientos tramitan estos trabajos. En cualquier caso, la notaria contara con la colaboración de una gestoría que seguro también puede realizar la inscripción y deberían pedir presupuesto.

Si no lo llevan personalmente, normalmente tendrán que autorizar a la persona que lo presente.

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Efectivamente no hace falta abogado. El notario te dará tres copias, una para cada cónyuge y una tercera para el Registro Civil. Si tu marido no puede y dependiendo de los honorarios del notario igual te compensa ir tú misma a registrar el documento público de las capitulaciones al Registro, o incluir en el documento a un mandatario (cualquier mayor de edad) que lo registre por tí. Si sólo consiste en un cambio del régimen económico matrimonial, no hace falta registrarlo en ninguna otra parte.

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Debes acudir al Registro Civil del lugar donde se celebró el matrimonio. Suele estar en el mismo edificio del Juzgado (en todos los pueblos hay juzgados, si son muy pequeños será juzgado de paz, y si el pueblo es de menos de 7000 habitantes las tareas de juzgado y registro civil las llevan en el Ayuntamiento).

Para inscribir las capitulaciones puede ir solo uno de los contrayentes al Registro Civil. Si quieres enviar a otra persona en vuestro nombre, cuando hagáis la capitulaciones podéis hacer constar en las mismas el permiso para que las presente quien vosotros queríais (en ese caso recuerda llevar el nombre y DNI de esa persona a la notaría).

Los precios de los notarios los ignoro, pero puedes pasarte por una notaría y preguntar. Ten en cuenta que aparte de la minuta del notario, si tienes bienes inmuebles (pisos... etc) hay que pagar los gastos de inscripción de dicho bien a nombre de quien corresponda en el Registro de la Propiedad... etc. Te recomiendo que pases por una notaría para preguntar precios y cuando lo hagas te lleves las escrituras de los inmuebles y pidas que te digan aproximadamente lo que te puede costar.

Para las capitulaciones sí que tienen que estar presentes ambos conyuges, pero tu puedes ir primero con los documentos que te pidan para que lo vayan preparando, y así tu marido solo vaya a firmar. Si no puede ir tu marido a firmar, puede el notario ir a tu casa, aunque ello supondrá un gasto añadido.

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No hace falta pasar por un abogado, ya que vas a pagar un coste por éste que no necesitas. El asesoramiento que el abogado te va a dar, te lo ofrece la notaría sin coste alguno y al mismo tiempo pides presupuesto de lo que te costaría la escritura.

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En Uruguay somos los notarios los que nos encargamos de todo e inscribimos por ser la inscripción registral requisito de oponibilidad a terceros

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