Tiempo máximo contratado por ETT

¿Cuál es el tiempo máximo por el que puedes estar contratado por ett? Yo tengo un contrato de fin de obra. Me han dicho que puedo estar así hasta dos años. ¿Hay alguna ley que regule el tiempo máximo contratado por ett?

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En primer lugar, decirte que las reglas de la contratación temporal son las mismas si estás trabajando directamente en la empresa usuaria o a través de una ETT. El contrato ordinario es el indefinido (más conocido como fijo) y los contratos temporales son excepciones al contrato ordinario que la Ley permite.
El contrato por obra o servicio determinado finaliza coincidiendo con el fin de la obra objeto del contrato. Para entendernos, si te contratan como albañil para construir una edificación determinada, durará unos pocos meses si es un chalet, pero durará varios años si es El Escorial.
Lo de los 2 años debe venir por la Ley 43/2006, que establece que "adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses para el mismo puesto de trabajo, en la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales (sin contar los contratos formativos, de relevo e interinidad)." En tu caso no es aplicable porque sólo tienes un contrato.
Dicho esto, muchos contratos de obra o servicio están realizados en fraude de Ley. Uno de los requisitos es que la obra o el servicio a prestar deben tener autonomía y sustantividad dentro de la actividad de la empresa, es decir, no sería legal contratar por obra para la actividad ordinaria de la empresa. La consecuencia de los contratos celebrados en fraude de Ley es su consideración como indefinidos
Yo en tu lugar, de momento no haría nada hasta que te indicaran la finalición del contrato. En este caso, si no estás de acuerdo, tienes 20 días hábiles para reclamar por despido.
Para ampliar información, te pongo unos enlaces interesantes:
http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=1204366, interesantes opiniones de drkaos, que suscribo.
http://www.serpadres.es/familia/derechos/empresa-trabajo-temporal-ett.html sobre ETT's
http://www.todalaley.com/modguia30p1.htm sobre el contrato de obra.
Muchas gracias por la rapidez en contestar y por lo extensa y desarrollada de tu respuesta. Lo cierto es que estoy cubriendo un puesto de trabajo que no es temporal. Estoy haciendo el trabajo de una persona que por motivos sindicales falta de vez en cuando a trabajar. Últimamente me están cambiando el horario y debo trabajar o por la mañana o por la tarde, vamos, cuando ellos quieran... y encima haciendo funciones diferentes a las de un principio ya que incluso cambio de departamento. Según lo que me has dicho mi contrato está hecho en fraude de ley pero tal y como están las cosas para encontrar trabajo seguiré de momento así. En el caso de que me quieran hacer alguna jugada sucia ya se que les puedo denunciar y tengo argumentos para ello.
Muchas gracias!

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