Piscina comunidad

Vivo en una urbanización que la componen dos subcomunidades, una de ellas chalets adosados y otra chalets individuales. Como parte común a ambas subcomunidades desde su construcción se doto de piscina, bar y pista de tenis hace unos 10 años( yo compre el adosado hace un año).
Con el paso de los años se ha deteriorado la piscina comunitaria y vale bastante dinero arreglarla. Esto crea dos problemas, hay vecinos de la subcomunidad de adosados que no quierenpagar el arreglo y los vecinos de la subcomunidad de loschalets que tienen todos piscina privada dicen que no nos ceden a la sucomunidad de los adosados dichos elementos comunes pero que tampoco están dispuestos a pagar su arreglo. Mis preguntas son:
¿Tiene la comunidad obligación de mantener la piscina en condiciones para el uso y disfrute de los propietarios?
¿Es legal que vecinos que compraron el adosado con piscina comunitaria ahora no puedan disfrutar de ella?
¿Pueden los vecinos acordar el cierre definitivo de la piscina aun siendo mayoría si desde un inicio se compraron los adosados conpiscina comunitaria?
Respuesta
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Si tenéis administrador, el debe ser quien haga de mediador del asunto.
PERO PARA QUE TENGAS INFORMACIÓN, te explico:
En la división horizontal, debe tenerla el administrador, y si no la pides en el registro de la propiedad, viene además de los coeficientes, la manera de afrontar los gastos comunitarios.
Es obligatorio mantener todos los elementos, comunitarios o no en condiciones de uso y habitabilidad.
¿Quién paga los gastos de mantenimiento? Si todos pagáis gastos de mantenimiento os corresponde a todos disfrutar o no de la piscina.
Para cerrar la piscina que es elemento original de la construcción se necesita la unanimidad y eso es muy difícil de conseguir.
Si es necesario podéis poner una demanda, pero antes has de saber lo que dice la división horizontal, que es por lo que se rige la ley(en caso de demanda)
Si tienes otra duda, aquí me tienes

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La piscina como muy bien dice usted, es comunitaria, y por lo tanto es un elemento común el cual se debe de reparar, ya que la comunidad está obligada a realizar las obras necesarias para mantener los elementos comunes en buen estado de conservación y uso.
Por lo tanto, se debería de arreglar y pagar el arreglo de acuerdo con la cuota de comunidad de cada propietario.
En ningún caso se puede acordar el cierre de la piscina por mayoría sino por unanimidad.
Deben hacer una reunión en la que se pongan de acuerdo en el arreglo ya que debe correr a cargo de la comunidad, si no llegan a un acuerdo con la otra subcomunidad, y no quieren pagar, podrían acordar que como ellos ya tienen piscina privada, no paguen el arreglo, pero tampoco la usen y que el arreglo corra a cargo de la otra subcomunidad.
Si no llegan a un acuerdo, tendrán que solicitar el arreglo ante el juez, y para ello deberán de acudir a un abogado civilista con más de 20 años de experiencia.

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