Traspaso local

Vamos a coger un traspaso de una tienda de ropa.como se declara el traspaso para ambas partes, esta sujeto a iva. La actual arrendataria nos ha comentado el hacernos unas facturas para desgravarlo. Es legal hacer esto o debemos declararlo como inversión de inmovilizado. Nosotras montaremos una CB e iremos por recargo de equivalencia al ser comercio minorista. De que forma nos conviene declarar el traspaso.
Respuesta
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El traspaso se declara mediante un contrato de traspaso, enn el cual se ah de reflejar con todo detalle lo que se deja a la nueva empresa, negocio, dewcripción del mismo, mobiliario, maquinaria, stock, algún leasing... que NO tenag ninguna deuda ni con el Estado, ni empresas, ni entidades financieras.
No esta sujeto a IVA, ya que no es un bien tangible y "de primera mano", si no que es un cacto de compra venta, más o menos igual que un piso de 2º mano.
No es una inversión de inmovilizado sino un gasto de 1er establecimiento a repercutir hasta en 5 ejercicios.

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