Paro y embarazo.

Buenos días, experto.
Me gustaría que me aclararas una duda que tengo. Mi mujer está cobrando el paro (tiene paro hasta febrero 2007). Está embarazada y da a luz para Agosto. Mi pregunta es cuanto va a cobrar durante los cuatro meses, bueno durante las 16 semanas, siguientes a dar a luz. Hemos oído varias cosas y no sabemos cual es la correcta.
Quedo en espera de sus noticias.
Muchas gracias por adelantado.

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Respuesta
1
No quisiera parecer escueto. Pero el tema da lugar a una respuesta objetiva y firme en su claridad:
Actualmente esta en una situacición asimilada al alta y sin producirse variación en este sentido, sí que se produce una variación en el momento de su maternidad (baja médica firmada por facultativo).
Esto da lugar a otro tipo de prestación y otra entidad gestora (si bien la "caja" es la misma osea: La Seguridad Social).
Acude al INEM (La oficina que por domicilio te corresponda)en el momento en le firmen la baja (en este caso que no esta activa, la situación de maternidad) a tu esposa. Efectivamente existen unas bonificaciones a las que tiene derecho.
Acude con el documento firmado por el médico (esencial), su DNI si ella no puede acompañarte y el Libro de Familia que te otorga la potestad de representarla.
Allí, delante de ti, cursarán la variación de la situación. Y cuando termine la baja por maternidad (te informan de la fecha) acudes igualmente al INEM a revertir el proceso.
Con respecto a tu pregunta concreta, y puesto que estamos en febrero, espera.
Espera a tener ese documento firmado por el médico que menciono y luego procede como te he dicho.
Recibir mi "enhorabuena" y un cordial saludo.

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