Hola! Seré breve, fui a tramitar el paro, a la seman he vuelto a hacer la prestación contributiva, y resulta que como la empresa me dio los certificados pasados por fax no lo he podido hacer, total, que vuelvo la semana que viene. Ahora mirando los contratos los tengo también impresos del ordenador osea no llevan el sello y firma org.. ¿tendré problemas con eso también? Digo para no perder más tiempo y empezar a moverme para que me manden de central las cosas. Gracias
¿Te han dicho que tienes que entregar los contratos?
Si, en la doc requerida pone ctto de los últimos 180 días en original y copia. Pero claro yo creo que con el certificado de empresa original, la vida laboral.. ¿me entiendes'?.. que si te quieren tocar las narices, te las tocan.. pero es que es eso para no perder más tiempo
Pues me extraña mucho. De todas formas te copio este post sacado de la mismísima página del inem donde indica la documentación que debes presentar para la solicitud de la prestación del desempleo. Puedes corroborarlo tu mismo accediendo a la página del inem buscándolo en el google. Los trabajadores deberán solicitar la prestación de desempleo en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal que les corresponda por su domicilio, aportando los siguientes documentos: . Solicitud de la prestación en modelo normalizado que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la declaración de los hijos a cargo y sus rentas y autorización para recabar información tributaria de estos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El modelo de solicitud normalizado está disponible en la oficina de empleo y en www.inem.es. . Documentos personales de identificación: DNI para los trabajadores de nacionalidad española y pasaporte o tarjeta de identidad para trabajadores extranjeros. . Certificado de empresa, que será facilitado por la empresa o empresas en las que ha trabajado en los últimos seis meses. . Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, el documento acreditativo que corresponda. . Sólo si la empresa no estuviera integrada en el sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social, copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados. . Sólo si tuviera hijos a cargo libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros. Referencia normativa: Arts. 1, 12, 13.1) 21.5) y 24 del Real Decreto 625/85, de 2 de abril, en la redacción dada por el Real Decreto 200/2006 de 17 de febrero. Un saludo. No olvides finalizar la pregunta sino tienes más dudas para que no quede abierta.