¿Hasta cuándo se pueden reclamar las vacaciones?

Soy empleado fijo de una empresa, donde llevo casi veinte años. El caso es que en el año 2006 sufro un accidente de trabajo en el mes de Julio y me dan de alta a mediados de setiembre, con lo que las vacaciones que se disfrutan en el mes de Agosto yo no disfruté.
Parece ser, que estando de baja, las vacaciones (en ese mes de Agosto) no las pierdo, ya que estaba de baja, el caso es que ni yo ( por desconocimiento, etc) y la empresa no me avisa de nada (inexplicablemente) yo empiezo a trabajar y al día de hoy esas vacaciones ni las disfruté ni las cobré.
Comentar que otra persona el año pasado, conociendo los derechos, se incorporó de alta después de las vacaciones y seguidamente cogió las vacaciones pendientes.
¿Puedo recurrir de alguna manera a la empresa para poder disfrutar o cobrar las vacaciones de ese año?
¿Pierdo esas vacaciones sino las disfruto durante al año en cuestión?
¿Qué responsabilidad tiene la empresa por no avisasme de tal circunstancia?
¿Prescribe en algún momento esta reclamación?
Espero me puedas ayudar porque soy un mar de dudas.
Gracias por tu tiempo y felicitarte por tu desinterés en la ayuda a la gente.

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Respuesta
1
Las vacaciones, si estaban preestablecidas se pierden dentro del año natural (excepto maternales)
Resposanbilidad ninguna, a pesar que se podría intentar demostrar que es practica habitual en la empresa concederlas, pero muy complicado.
Se pueden reclamar cantidades hasta 1 año después del hecho, el problema es que no tienen obligación de pagarlas.
Me sabe mal pero es un tema perdido. Lo que si que en cualquier caso la empresa te lo podría haber dicho y en cualquier caso compensado pero obligatoriedad no tiene, es una cuestión de voluntad.
Muchas gracias.
La verdad es una pena, pero si que lo he perdido, en fin, aprenderé de esto.
Gracias de nuevopor tu rápida respuesta y saludos cordiales.

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