Reducción de jornada voluntaria

Hola Buenas tardes, mi caso es el siguiente, hace 3 meses comenté a mi jefe y a su supervisor que en Septiembre empiezaría a estudiar y que necesitaba reducir la jornada laboral a aproximadamente a la mitad, de 40 horas a 24, el caso es que me dijeron que no habría ningún problema.
Hoy después de mandarle el escrito que me pidieron con horarios y calendario escolar sellado etc, me dice que me comunicará en breves la respuesta.
A los 30 minutos de mandarle el escrito me reúne y me dice que no es posible reducirme la jornada por estudios porque no esta contemplada en mi convenio o estatuto. Me dice que lo único que podría hacer es pedir una reducción de jornada laboral voluntaria. Y mi pregunta ahora es la siguiente y agradecería que me la respondiera pronto para poder solucionar todo ya que he empezado ya las clases.
Si reduzco voluntariamente la jornada, ¿perdería la antigüedad de mi puesto? O hablando en plata, ¿perdería todo lo acumulado en el finiquito en caso de que me despidieran? La antigüedad en la empresa es de 2 años y 2 meses con contrato indefinido.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo

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Estimada Mariete89.
Por de pronto tendríamos que analizar:
a) Convenio de la empresa (si existe)
b) Convenio del sector
Para garantizar que lo que le han dicho es correcto o si por el contrario están intentando adquirir ventaja de su desconocimiento en legislación laboral.
Por tanto, sin el estudio correspondiente no se puede proceder a realizar una valoración concreta de su caso así como aconsejarle cuales son los movimientos que debe realizar.
Si desea que realicemos el informe pertinente (coste de 40 eur + iva) póngase en contacto con nosotros en [email protected] y le confeccionaremos el informe con los movimientos que debe realizar para defender sus intereses y llegado el caso representarla jurídicamente si fuera necesario para defender sus derechos.
Así mismo, sería conveniente notificar por escrito la situación ya que el error consiste en no haber solicitado esa reducción anteriormente por escrito a la empresa con la antelación suficiente, en estos momentos, no puede probar la conversación mantenida con sus empleadores ni los términos de la misma.

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