Ere temporal

Buenos días. La empresa donde trabajo está tramitando un ERE Temporal y me gustaría saber cómo va. Es una empresa de 18 trabajadores y se va a aplicar el ERE a todos. ¿Cómo corre el paro? ¿Cómo se cobra? En principio tienen pensado trabajar unos días sí y otros no, dependiendo de si hay trabajo. Te agradecería que me explicases un poco como va el tema. Gracias

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Los días que gastes de paro, hasta 180, los volverás a tener disponibles si la empresa presentara ERE Extintivo antes del 31-12-2012.
Los días que trabajes, los cobras de la empresa.
Los días que no, cobraras la presatación por desempleo.
También te afectarán en las extras. Me explico, ahora en la de verano, igual no te afecta por que se genera del 1 de enero al 30 de junio (normalmente, si no lo que diga tu convenio). Pero la de invierno, como habrá días que no trabajes, no generarás esa parte proporcional de paga extra (en el paro no se tienen pagas extras).
Infórmate bien de cómo te afectaría un posible ERE extintivo que se diese más adelante. Es decir, si la indemnización de 20 días, toma como referencia un mes entero de trabajo o te afectaran los meses que estés en el paro (se calcula según la nómina de los últimos 12 meses y al estar en ERE temporal, sería menor).
Y poco más que explicar.
Cúbrete bien las espaldas por un posible despido el día de mañana.
Un saludo y suerte
Gracias por tu pronta respuesta. La verdad que es una faena pero si después del ERE la cosa no mejora la empresa con casi toda seguridad podría entrar en suspensión de pagos. Otra pregunta que me ha venido a la cabeza una vez leída tu respuesta. El ERE según nos han dicho en la empresa son máximo 6 meses a aplicar en una año. En el supuesto que después de formar parte del ERE un tiempo determinado al final la empresa cierra y me voy al paro, si para calcular la prestación por desempleo se basa en los 6 últimos meses, me imagino que me perjudicará el haber formado parte del ERE a la hora de calcular esa prestación, vamos que cobraré menos que si me fuera ahora mismo al paro, ¿no?
Normalmente, esas cosas se acuerdan en el ERE.
Si no se dice nada, te afectará.
Un saludo y suerte
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El paro que se cobra durante un ERE temporal se descuenta de la totalidad del paro que te corresponda.
El Inem contabiliza el desempleo por semanas enteras. Cuando se regula por días sueltos, el Inem computa cada día consumido de la semana por el coeficiente de 1,25. Y siempre que el decimal es 5 o superior se contabiliza como un día más consumido.
Por ejemplo, no trabajas 3 días en la misma semana (3 x 1,25= 3,75 días) serían 4 días de paro consumidos.
Cobrarás el 70 % de la Base Reguladora, que es el cociente de dividir por 180 la suma de los salarios percibidos de los 180 últimos días, eso durante los primeros 6 meses, después será el 60 % de la Base Reguladora.

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