Liquidación

Hola.
Me han despedido de la empresa en donde trabajo en la cual llevaba tres años con contrato de aprendizaje(me liquidaron solo las pagas extraordinarias y me quitaron la antigüedad)y luego hicieron una conversión a indefinido del mismo contrato con las debidas bonificaciones que la empresa ha obtenido.
La cuestión es si puedo reclamar la indemnización desde el primer día que llevo en la empresa, es decir desde que empecé como aprendiz.

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La indemnización cuando se trate de concatenación de contratos donde entre uno y otro no hallan transcurrido más de 20 días de inactividad en la empresa, para el calculo de dicha indemnización ha de remontarse a la fecha del primer contrato(TS 30-3-99).

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