Peón de obrador de pastelería

Buenas tardes, me pongo en contacto con usted para ver si me puede aclarar unas dudas. Trabajo en un obrador de pastelería como peón y me han dicho que tengo que limpiar las paredes y los techos porque están llenos de mierda con perdón y yo me he negado a limpiarlos. El jefe de personal me ha dicho que estoy obligado hacerlo y sino que me marche de la empresa. Yo no estoy de acuerdo con esta actitud que han tomado, para salir de dudas me pongo en contacto con usted para que me diga si estoy obligado a limpiar o solo hacer mi trabajo de pastelería. Otra cosa me puede decir donde puedo e encontrar el convenio laboral de pastelería o similar. Muchas gracias, saludos. Iván Alonso

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Como respuesta a tu primera pregunta decirte que me temo que estás obligado a limpiar esas paredes y techos que tu jefe te encomienda, ya que como manipulador de alimentos que eres, la responsabilidad de la higiene de tu zona de trabajo te corresponde a ti, e incluso es más podría suponerte sanción el no hacerlo, pues constituye como te digo constituye una función inherente a tu puesto de trabajo, y más sin duda, ostentando la categoría de peón.
Respecto a la segunda pregunta, de dónde obtener el convenio colectivo aplicable puedes dirigirte a la Oficina de Información Laboral, de la Dirección Provincial de Trabajo de tu ciudad, donde te facilitarán el convenio colectivo que te sea de aplicación.
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No me dices en que provincia trabajas, por ello no sé exactamente a que convenio perteneces.
Te diré que el acuerdo marco estatal de pastelería, confitería, bollería, heladería, repostería y platos combinados regula a nivel estatal dichas actividades industriales. No sé si trabajas en una industria o en una pastelería. Bueno, pues este acuerdo dice que "cuando por razones técnicas u organizativas que lo justifiquen a petición de la empresa el trabajador DEBERÁ realizar trabajos de categoría inferior a la suya, cuando no se perjudique su formación profesional ni sea vejatoria a su condición, y seguirá percibiendo el salario y los emolumentos que le correspondan por su categoría. Esta situación no deberá prolongarse más tiempo del imprescindible, seis meses". Por tanto entiendo que si trabajas en una industria tendrás que realizar esas tareas que te pide la empresa.
Este acuerdo marco pueden encontrarlo en http://www.mtas.es/empleo/convenios/INDICE.htm
Pero si te encuentras en una provincia que tiene su propio convenio colectivo deberás regirte por él. Te diré que el convenio colectivo de pastelería, confitería y bollería y comercio de las mismas de la provincia de valencia (que es donde yo me encuentro)dice exactamente lo mismo que el acuerdo marco estatal. Supongo que todos los convenios recojeran este artículo.
De todas formas si quieres asegurarte puedes conseguir tu convenio en la sede de cualquier sindicato de tu ciudad, no dudes en ir a solicitarlo.
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Antes de nada, dada la categoría de peón en el contrato, sera suficiente motivo para tener que realizar tales labores.
El convenio se lo facilitarán en Magistratura de trabajo, donde le podrán informar sobre el mismo.
En el caso de que quiera mantener el puesto de trabajo, me temo que deberá de acceder a realizar la limpieza.
En el caso de que se siga negando, la empresa le rescindirá el contrato, y si quedara poco tiempo para su fin, podría esperar a que finalice.
Al tratarse de un despido objetivo por causas disciplinarias, convalidará la extinción del contrato sin derecho a indemnización, donde percibirá solamente lo que la empresa le adeude por salarios, pagas extras o vacaciones si fuera el caso.
Suerte.

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