Cambio de condiciones

Hola
Me llamo Patricia, trabajo en una empresa con la que tengo un contrato de obras y servicios a 40 horas semanales desde hace 2 años y medio. Ahora van a cambiarme las condiciones y quieren ponerme turnos partidos. Me han dicho que si no lo acepto pueden hacerme una especie de despido amistoso y darme una indemnización. Tengo entendido que, si me cambian las condiciones del contrato tienen que darme una indemnización por despido improcedente, no por uno amistoso ( que sería el doble). ¿Es esto cierto?.
Muchas gracias.

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Ante una modificación sustancial de condiciones de trabajo Ud tiene 3 opciones:
1.- Aceptar la decisión empresarial y que la relación laboral se modifique de mutuo acuerdo.
2.- Rescindir el contrato de trabajo con una indemnización de 20 días por año.
3.- Impugnar la decisión empresarial ante el juzgado de lo social, el cual, determinara si la decisión empresarial esta motivada o bien responde a un acto discreccional de este y por lo tanto abusivo, dado que la relación laboral solo puede modificarse cuando concurran justificadas razones técnicas, organizativas, económicas o de producción. En ausencia de estas, el juez determinara que la modificación es injusta y por lo tanto el trabajador tiene derecho a rescindir el contrato de trabajo con una indemnización equivalente a 45 días por año o bien el empresario puede readmitir al trabajador con sus antiguas condiciones.

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