Subsidio por desempleo

Hola Josbian buenas tardes, el motivo de mi consulta es que anda un poco perdida y necesito que alguien que me pueda ayudar me asesore un poco sobre este tema, ya que mañana día 30 iré de nuevo al inem ha hacer la reclamación y quiero saber si puedo defender mi postura y que me concedan el subsidio por desempleo, te cuento, el pasado día 26 de Diciembre prepare los papeles para dicho subsidio, hoy he recibido la carta y me la han denegado ese basan en los siguientes echos:

1º Vd. Carece de responsabilidades familiares ya que la renta mensual en la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen, es superior al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional.

Entiendo por responsabilidades como me indican en los fundamentos y derechos son los hijos pero yo tengo uno que va hacer tres años y eso consta en el la documentación que entre ese día, he hablado con ellos esta misma mañana y la verdad no me han ayudado mucho me han dicho que puede deberse a un error en los hechos y la causa sea que cobremos mas de lo estipulado por miembro que son 483,98 Euros. Me ha dicho que coja la nomina que entregue y que la cantidad mas alta que vea la divida por tres y así sabre si me corresponde o no, pero no entiendo porque la cantidad mas alta porque eso no me lo ha explicado, me fijo en la nomina y veo remuneracion total 1253,02 € , P.P. Extras 215,19, Base C.C. 1468,21, Base IRPF 1253,02 €, T.A. Deducir 222,91, Liquido a Percibir 1030,11€. ¿porque la cantidad mas alta?, se supone que lo que cobra mi marido son 1030,11 y de hay es de donde vivimos. Me puedes decir en que cantidad se basan ellos para decidir si te corresponde o no la ayuda. Muchas gracias y espero a ser posible que me respondas antes de mañana a las 11 que es la hora de la cita.

Saludos.

Respuesta
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Como ya sabrás, para poder acceder a cualquier tipo de subsidio de desempleo o ayuda familiar, en el momento de solicitar dicha prestación hay que estar desempleado e inscrito como demandante de empleo al menos durante un mes desde que se terminó la prestación contributiva. Es lo que se llama el mes de espera y suscribir el compromiso de actividad (las obligaciones del parado).
Tener responsabilidades familiares (hijos menores de 26 años, cónyuge, hijos discapacitados, que estén a su cargo). Importante: muchas personas piensan que la ayuda familiar sólo es para quienes tienen hijos y no es así: una pareja casada (no sirven las parejas de hecho) puede pedir la ayuda familiar si un cónyuge depende económicamente del otro. Más información
No tener rentas que sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional; De este requisito se hace una doble comprobación: primero, que el solicitante no tenga rentas propias que superen el 75% del SMI, es decir, que el solicitante no tenga rentas superiores a 483,98 € euros mensuales.
Una vez cumplido ese requisito, se pasa a calcular las rentas medias de la unidad familiar, que no debe superar los 483,98 € euros mensuales. Se calcula tomando la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, (solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad) y dividiéndola entre el número de miembros que la componen. Por lo tanto, carecer de rentas es no tener rentas en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
Existe 2 tipos de carencias de rentas:
A nivel personal: Que el solicitante carezca de rentas superiores al 75% del SMI excluidas las pagas extras.
A nivel familiar: Que las rentas medias de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no supere el 75% del SMI excluida las pagas extras. Por lo tanto mira haber porque no te han concedido el subsidio, porque la parte de las pagas extras no las tienen que incluir en el computo de las rentas porque el prorrateo de estas queda excluido de dicho calculo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/07/requisito-de-carencia-de-rentas-para-los-subsidios-de-desempleo/

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