¿Computa para la prestación el tiempo cotizado como autónomo?

Buenas tardes,

Trabajé durante 19 meses como autónomo y después 3 meses como asalariado, causando baja voluntaria. Han pasado ya 6 meses desde entonces y mi pregunta es:

¿Si ahora me contratan y finaliza mi contrato, los meses cotizados mientras he sido autónomo se computan para calcular la prestación?

Muchas gracias.

Respuesta
1

El periodo de tiempo cotizado en el régimen especial de trabajadores autónomos no se computa para generar el derecho a la prestación por desempleo del régimen general de la seguridad social, dado que estamos hablando de regímenes distintos, no obstante para el resto de prestaciones como I.P o jubilación... si que se tendrán en cuenta siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

Un saludo.

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Gracias por su respuesta. Sólo una aclaración, si se ha estado cotizando como autónomo por la prestación de cese de actividad, el 1,7% adicional sobre la base, tampoco se computa?

Efectivamente aunque usted hubiera estado cotizando por la contingencia de desempleo en el RETA dichas cotizaciones solo le servirán para generar derecho a la prestación por desempleo en el régimen especial de autónomos.

El derecho que reconoce los Art. 203 y siguientes de la LGSS solo son para las cotizaciones efectuadas en el régimen general.

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