Autónomo deudas hacienda

Antes era autónomo en módulos y le trabaja tanto a particulares como a grandes empresas. Como me dejaron de pagar las grandes empresas me endeude y deje pagar préstamos bancarios y proveedores por lo que me realizaron los embargos correspondientes.
Ahora me están surgiendo trabajos de particulares de los que sé que me van a pedir factura por lo que estoy pensando en volver hacerme autónomo en estimación directa simplificada por lo que me gustaría saber que me puede pasar
Sé que no puedo tener cuenta bancaria... Aunque pienso que me puedo arreglar con una a nombre de mi mujer y yo como autorizado
Que si me sale a devolver alguna vez IVA nunca me lo devolverán
Que nunca podre solicitar certificado alguno como que estoy en orden con la seguridad social y hacienda... Pero si no le voy a trabajar a ninguna empresa grande para que lo necesito. ¿Digo yo?
Como estoy en todas las listas ningún proveedor me querrá girar pero aún no he conocido a ninguno que no sirva si vas con el dinero en la mano
No sé si me dejo algo pero pienso que si soy consciente de mi situación podría volver a ser autónomo y ganarme la vida pero me gustaría la opinión de alguien con conocimientos más fiables

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Bueno su situación no es especial y en los tiempos que corren más común de lo que Vd. cree.
En principio debo decir que hacienda aprieta pero no ahoga, así que si sus deudas y obligaciones con la AEAT no están solucionadas debería hacerlo, si como me cuenta estaba Vd. en estimación objetiva (módulos) sus deudas no deberían ser demasiado elevadas, así que si va a iniciar otra etapa de cuenta propia sería bueno llegar a acuerdos de aplazamiento y pago con la AEAT y evitarse mayores problemas, de igual forma deberá actuar con la Tesorería General de la S. Social.
Está claro que su actual situación no podrá disponer de -Certificaciones tributarias- de estar al corriente de pago, si tiene finalmente acuerdos de pago con la AEAT las certificaciones se emitirán correctamente.
Sus deudas con proveedores y bancos es otro cosa, así que se si estos han procedió a demandarle en reclamación de deudas deberá esperar que le declaren insolvente.
Decirle que una vez se de Vd. nuevamente de alta podrán las administraciones proceder al embargo de créditos, es decir dar orden a sus clientes para que no le paguen a Vd. e ingresen el dinero en la AEAT o en la TSGSS, es cierto que para ello deberán tener la información oportuno de sus clientes. También pueden embargar su negocio y por ello poner un administrador para que se haga cargo de los cobros y pagos.
Por último si desea iniciar una nueva actividad evitando cualquier percance con su etapa anterior un buen sistema seria que se alta su esposa en la nueva actividad, o un familiar y le contrate a Vd. como empleado, en tal caso su mujer deberá declarar en su renta la actividad económica que desarrolla y Vd. deberá declarar su salario, que podrá ser embargado pero con los limites establecidos por la ley, así que si no tiene un gran salario el embargo será casi nulo.
En el casos en que el empresario contrate a sus familiares cónyuge e hijo estos convivan en el mismo domicilio todos ellos deberán estar incluidos en el RETA -Régimen Especial de Trabajadores Autónomos-, así que los dos deberán pagar cotización de autónomos.
En cualquier caso le recomiendo acuda a un Asesor Fiscal de su ciudad o Graduado Social para que le informe.
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¿Por qué no montas una sociedad mercantil que sea la titular de tu negocio para no tener esos problemas?... en todo caso en un futuro te embargarían las participaciones sociales (difícil si la sociedad no tiene activos). Creo que sería una buena solución para tu problema
Si quieres asesoramiento para hacer los tramites o mantenimiento puedes ponerte en contacto conmigo en la dirección [email protected] o en la web www.rmglobal.es

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