Ventajas de tramitación conjunta en expte sancionador de Hacienda

Me ha llegado una propuesta de liquidación provisional de Hacienda (Agencia Tributaria) por seguir declarando como vivienda habitual mi casa una vez que ya no vivía en ella porque me tuve que cambiar de ciudad por cambio de empresa.
En la carta que acompaña a esa liquidación provisional dice que puedo renunciar a la tramitación separada del expediente sancionador si, tras mis alegaciones, al final la resolución no me es favorable.
¿Qué ventajas e inconvenientes tiene la tramitación conjunta del expediente sancionador respecto a la tramitación separada?
(Conozco los aspectos relativos a los plazos de caducidad, les agradecería que me comentasen otras ventajas e inconvenientes).
Gracias.
PD: si le es posible, le agradecería enormemente una rápida respuesta, ya que el plazo para responder me termina pasado mañana, el 26 de Diciembre.

Respuesta
1

No hay ninguna otra ventaja o inconveniente que no sea la aplicación de plazos diferenciados entre la tramitación conjunta o separada.

Muchas gracias por la respuesta.

En principio el tema de los plazos lo tenía claro, mi mayor interés estaba en si con la tramitación separada se conocía el importe de la sanción (en caso de que no estimen mis alegaciones) al mismo tiempo que me llegue la resolución con el resultado de las alegaciones y poder así decidir si recurro o pago sin rechistar teniendo en cuenta el importe de la sanción y las reducciones por no presentar recursos.

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