Problemas entre socios

Soy nuevo en el mundo empresarial. Hace un par de meses monté una cafetería con un socio. Creamos una S.L. Y figuramos como administradores solidarios al 50%, debido a que ambos estamos en comunidades autónomas diferentes mi socio trabaja y gestiona el negocio. El problema deriva en que su gestión es nefasta y no atiende a las diferentes advertencias que le hago. Uno de los problemas principales es que sobredimensiona el personal, y ha contratado a su pareja a un coste superior al resto de personas que tenemos trabajando, aparte de ese sobrecoste es indulgente y hace que la pareja trabaje menos horas. Luego exige como trabajador una nómina. A qué derechos puedo acogerme para forzar que me haga caso y reconducir la gestión del local. O si se puede realizar algún contrato entre socios que garantice el buen funcionamiento de la empresa.

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De momento, plantea usted un problema muy común a la vez que muy complejo (y de difícil solución).

Hacer una SL al 50% es como un matrimonio: funciona si ambos quieren que funcione. En el momento surge una discrepancia viene el problema: o se soluciona hablando o nos vemos abocados a la disolución.

En una sociedad al 50%, ambos socios administradores tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones: si él contrata a un trabajador, yo contrato a otro; si él despide al que yo he contratado, yo despido al suyo; si él se pone un sueldo, yo me pongo otro.

El problema se agrava cuando se mezclan, además, las cuestiones laborales, pues una cosa es ser socio (sin responsabilidades), otra es ser administrador (puede haber responsabilidades) y otra es ser trabajador (relación laboral). Encima, a veces se añaden avales bancarios, préstamos, etc., que lo acaban de complicar todo.

Mi consejo es que intente hablar con su socio y reconducir el tema. NO hay manuales. NO tiene donde acogerse. No hay forma de "garantizar" el buen funcionamiento de la empresa". O hay sentido común o se irá todo a la m...

La única "amenaza" que usted puede poner sobre la mesa es la de disolver y liquidar la empresa. Precisamente ahora, cuando faltan unos días para que acabe el plazo legal para formular las cuentas (31 de marzo), cuando hay que encuadernar y legalizar los libros (30 de abril), es el momento de poner las cartas boca arriba y explicarle al socio los motivos de descontento. Si no hay acuerdo en el seno de la Junta General (un socio vota a favor y otro en contra), la sociedad se verá abocada a la disolución y liquidación.

Espero haberme explicado con claridad, pese a que es un tema que requeriría mucho más espacio.

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