Liquidación sociedad anónima
Quisiera hacerle una pregunta relativa a la liquidación de una sociedad anónima. En el articulo 383 de la ley de sociedades de capital, se especifica un plazo de 3 meses para formular el inventario y balance de la sociedad. Ese plazo de tres meses es un plazo máximo, o por el contrario, el balance hay que presentarlo a partir de esos tres meses. Lo pregunto porque soy un acreedor de esa sociedad.
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Respuesta de José Vicente Verdú Gisbert
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