Indemnización por despido

Buenas a todos.
Este viernes es el ultimo día para todos los trabajadores de mi empresa.Nos han dicho que nos van a dar los 45 días(aunque no tenemos la carta de despido).
¿Qué conceptos de los siguientes se incluyen para calcular el salario diario?:
-Salario base
-Prorrata pagas extras
-Plus de productividad
-Incentivos
-A cuenta convenio
-Plus transporte
-Dietas.
Gracias y un saludo

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Deben incluirle en el cálculo de la indemnización, todos los conceptos que sean considerados salariales, concretamente, de los que usted apunta, todos excepto dietas y plus transporte, que son conceptos extrasalariales.
Deben entregarles en el mismo momento la carta de despido y si el pago se realiza por transferencia bancaria, hágalo constar en el finiquito para evitar sorpresas.
Muchas gracias por la aclaración pero somos nuevos en esto y nos surgen un mar de dudas:
-Nos han dicho que el viernes nos traerán el finiquito(salario mes+vacaciones+parte de las pagas) y la indemnización habrá que ir a un juzgado para recogerla. ¿Esto es así?
-Los conceptos antes mencionados,¿son en bruto, en neto?
Estamos echos un lio y cada uno dice una cosa.
Muchísimas gracias
Es correcto lo que indica respecto del finiquito. La indemnización lo que harán al ser improcedente es consignarla en el juzgado y pueden pasar por allí a retirar su importe. Los conceptos siempre son en bruto.

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